Términos y Condiciones de la tapipay
Los presentes Términos y Condiciones Generales (en adelante los “TyC de Plataforma” y/o los “TyC”, de forma indistinta), gobiernan los Servicios y el uso y funcionamiento de la Plataforma que AUNTAPI TECHSOLUTIONS S. de R.L. de C.V., (en adelante “TAPI”) pone a disposición de usted (el “Cliente”, y conjuntamente con TAPI, las “Partes”), de conformidad con las siguientes declaraciones y cláusulas:
I. DECLARACIONES
1. EL CLIENTE DECLARA QUE
1.1. Personalidad jurídica.
Es una (a) persona moral, una sociedad mercantil, una sociedad civil o una asociación civil debidamente constituida conforme las Leyes de México y que su representante legal goza de las facultades necesarias para celebrar y obligar al Cliente en términos de estos TyC, sus Anexos y las modificaciones a aquellos, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, o (b) una persona física con actividad empresarial debidamente inscrita ante el SAT.
1.2. Cumplimiento.
Se encuentra en cumplimiento de la legislación, disposiciones de carácter general y normatividad que le resulten aplicables.
1.3. Administrador y Personas Autorizadas.
Respecto del Administrador y/o las Personas Autorizadas que designe, declara ha seguido procesos legales e internos necesarios para conferirles las facultades y/o poderes necesarios para (i) obligar al Cliente de conformidad con estos TyC y sus Anexos, y (ii) girar instrucciones en la Plataforma en representación y/o a nombre del Cliente. Asimismo, declara que reconocerá los actos realizados por el Administrador y las Personas Autorizadas a través de la Plataforma y se obligará en sus términos.
1.4. Actividad y recursos lícitos.
Respecto de su negocio y/o actividades, declara que:
- Su negocio y actividad comercial son desempeñados dentro de México, son lícitos y apegados a las buenas costumbres, pudiendo el Cliente acreditar en todo momento la sustancia, materialidad o existencia de los bienes y servicios ofrecidos, así como la legalidad y el orígen lícito de aquellos.
- Cuenta con procesos y políticas internas orientadas a la prevención del fraude, los comportamientos abusivos y/o las operaciones con recursos de procedencia ilícita, ya sea por parte de los Pagadores, o bien, del propio Cliente, de los empleados, representantes y/o ejecutivos de éste, así como políticas para la adopción de mejores prácticas, conducta ética, y medidas anti soborno.
- Los recursos asociados a cualquier operación realizada a través de la Plataforma provienen de y/o corresponden a fuentes lícitas y no están relacionados, directa o indirectamente, con actividades ilícitas.
- Opera de forma efectiva, con instalaciones, procesos, clientes y presencia verificable.
1.5. No ser una PEP.
El Cliente declara que ni él, ni sus accionistas, ni su representante legal tienen actualmente la calidad de Personas Políticamente Expuestas, conforme a la normativa aplicable en materia de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
1.6. Datos de Pagadores.
En materia de protección de datos personales, declara que:
- Ha válida y expresamente obtenido la autorización y consentimiento de los Pagadores en términos de la legislación mexicana, para compartir sus datos con TAPI y ser utilizados por ésta de conformidad estos TyC, sus Anexos y el Aviso de Privacidad.
- Cuenta con una declaración, aviso y/o políticas de privacidad en cumplimiento a lo establecido en la legislación de la materia, que le permite recolectar, tratar y transferir a TAPI los datos de los Pagadores que son necesarios de conformidad estos TyC, los Anexos y el Aviso de Privacidad.
1.7. Cuentas por Cobrar de los Pagadores.
Obtuvo el consentimiento expreso de los Pagadores para cargar las Cuentas por Cobrar en la Plataforma, con el propósito de que TAPI (i) realice el envío de recordatorios de pago, y (ii) de así desearlo los Pagadores, permitirles ingresar al Portal de Pagos, ya sea para consultar el estado e historial de las Cuentas por Cobrar cargadas por el Cliente, o bien para iniciar un Pago.
1.8. Actividades Vulnerables.
En caso de (i) realizar actividades vulnerables en términos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, (ii) y TAPI las autorice en términos de estos TyC, el Cliente declara que:
- Está registrado ante la autoridad competente como sujeto obligado en la materia.
- Cuenta con un manual de cumplimiento y un oficial de cumplimiento encargado de su ejecución, en términos de las disposiciones aplicables.
- Lleva a cabo la correcta identificación y conocimiento de los Pagadores, así como del Dueño Beneficiario, en su caso, y no actúa a nombre y por cuenta o en representación de terceros que no hubieren sido revelados e identificados frente a TAPI.
- Realiza el correcto y oportuno envío de los avisos y reportes en la materia.
- Monitorea y vigila el cumplimiento de los límites transaccionales aplicables.
- En caso de estar obligado por la legislación aplicable, realiza auditorías periódicas del cumplimiento de sus obligaciones en la materia.
1.9. Uso de la Plataforma.
Respecto al acceso y uso de la Plataforma como medio de instrucción, declara que:
- Todo acto realizado mediante la Plataforma será ejecutado e instruido a nombre y por cuenta propia y/o por medio de un representante, empleado, oficial o apoderado debidamente facultado por el Cliente.
- La totalidad de la información proporcionada a través de la Plataforma y durante el proceso de Registración es completa, fidedigna, verdadera y verificable.
- Cuenta con los conocimientos y capacidad técnica, financiera, comercial necesaria para entender, interactuar y usar adecuadamente la Plataforma, así como las consecuencias y sanciones aplicables en caso de hacer un mal uso o uso prohibido de la misma.
1.10. Autorizaciones.
De ser aplicable, cuenta con las autorizaciones gubernamentales, corporativas, de su comité de contrataciones y/o de cualquier tercero, que fuesen necesarias para celebrar estos TyC y sus Anexos.
1.11. Ausencia de vicios y entendimiento.
El Cliente declara que al momento de manifestar su consentimiento para celebrar los presentes TyC, sus Anexos y aceptar las modificaciones que, de tiempo en tiempo se realicen, así como al utilizar la Plataforma y los Servicios:
- Tuvo acceso y dio lectura cabal a los documentos referidos en este numeral, mismos que se encuentran a su disposición para consulta en https://www.tapipay.la.
- Entiende el alcance e implicaciones de dichos documentos, siendo su deseo obligarse en sus términos, contratar los Servicios y conferir a TAPI la Comisión Mercantil.
- Entiende que, en la prestación de los Servicios y la ejecución de la Comisión Mercantil, TAPI e indirectamente el Cliente, estarán sujetos al cumplimiento de diversa normatividad, reglas de operación, contratos y términos y condiciones de terceros, incluyendo enunciativamente a diversos participantes de las redes y sistemas de pagos, pudiendo los Servicios, sus condiciones y la posibilidad de continuar presentándose al Cliente, verse afectados por determinaciones y/o cambios en las reglas de dichos terceros.
- No adoleció de ningún tipo de vicio al manifestar su consentimiento, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa, el error, dolo, violencia o mala fe.
1.12. No uso en caso de inconformidad.
El Cliente declara que se abstendrá de usar la Plataforma y/o los Servicios en caso de no estar conforme con estos TyC, sus Anexos, el Aviso de Privacidad o las modificaciones que, de tiempo en tiempo, se realicen a los mismos.
1.13. Entendimiento de Causas de Terminación.
El Cliente ha sido informado y entiende que cualquier falta y/o incumplimiento con (i) las declaraciones de este apartado, (ii) la legislación o normatividad aplicable, (iii) estos TyC y sus Anexos, o (iv) el Aviso de Privacidad, serán causas de terminación de la relación con el Cliente, sin responsabilidad alguna a cargo de TAPI.
2. TAPI DECLARA QUE
2.1. Personalidad Jurídica.
Es una sociedad mercantil debidamente constituida conforme a las leyes de México y su representante legal goza de las facultades necesarias para celebrar y obligar a TAPI en términos de estos TyC, sus Anexos y las modificaciones a aquellos, mismas que a la fecha no le han sido revocadas.
2.2. Capacidad.
Cuenta con los acuerdos, certificados, recursos, infraestructura y capacidad necesarios para llevar a cabo la prestación de los Servicios y la puesta a disposición de la Plataforma y de la API, de corresponder, en términos de estos TyC y sus Anexos.
2.3. Regulación.
No es un banco, una institución de fondos de pago electrónico, un transmisor de dinero o cualquier otra institución financiera que para su organización y/u operación requiera de una autorización por parte de las autoridades competentes en México. Para los efectos de las actividades de aceptación de Pagos que realizará en términos de estos TyC y sus Anexos, se desempeña únicamente en su capacidad de agregador en términos de las Disposiciones de Carácter General aplicables a las Redes de Medios de Disposición y de proveedor de servicios de aceptación de pagos en ejecución de la Comisión Mercantil, respectivamente.
3. AMBAS PARTES DECLARAN QUE
3.1. Acuerdo Válido.
Estos TyC, junto con los Anexos y las modificaciones que, de tiempo en tiempo se realicen a éstos, constituyen el acuerdo contractualmente válido y vinculante que regulan las condiciones para el uso de la Plataforma y de la API, de corresponder, y la prestación de los Servicios, mismos que permanecerán vigentes mientras el Cliente continúe utilizando la Plataforma y la API, de corresponder, o bien, hasta que se configure alguna causal de terminación según lo previsto en estos TyC.
II. CLÁUSULAS
1. ACEPTACIÓN Y CONSENTIMIENTO
1.1. Responsabilidades y consentimiento.
Al consentir estos TyC y sus Anexos, el Cliente reconoce y acepta que:
- Es plenamente responsable del uso que se haga de la Plataforma, de la API, de corresponder, y de los Servicios, independientemente de quien hubiere realizado dicho uso.
- La expresión de su voluntad para contratar con TAPI (i) ha sido fielmente recabada a través de medios electrónicos, mediante la firma electrónica a través de la plataforma AdobeSign, (ii) tendrá la misma validez legal y/o efectos vinculantes que le hubiere sido atribuida de ser manifestada mediante firma autógrafa, (iii) no podrá ser repudiada, y (iv) constará como válidamente expresada en los registros, bases de datos y/o medios electrónicos conservados por TAPI para tal efecto.
- La manifestación de su consentimiento a los presentes TyC, sus Anexos y las modificaciones que aquellos sufrieran de tiempo en tiempo, podrá recabarse de manera expresa, por medios electrónicos, incluída la Plataforma, o bien de manera tácita, cuando el Cliente continuare utilizando la Plataforma y/o la API, de corresponder, y/o los Servicios con posterioridad a la modificación a estos TyC o sus Anexos.
1.2. Elegibilidad.
Para la utilización de la Plataforma, de la API, de corresponder, y los Servicios, el Cliente reconoce y consiente que además de aceptar los presentes TyC y los Anexos, serán requisitos previos el:
- Ser una persona elegible para la utilización de la Plataforma, la API, de corresponder, y los Servicios, en términos de las políticas, criterios internos y prioridades comerciales de TAPI, mismas que no discriminarán ilegal o arbitrariamente en contra del Cliente.
- Acreditar a satisfacción de TAPI la licitud, existencia y materialidad de los bienes y servicios ofrecidos por el Cliente, así como de las actividades comerciales desempeñadas.
- Haber concluido a satisfacción de TAPI el proceso de Registración en términos de los presentes TyC, así como haber proporcionado la totalidad de los datos, documentos e información que sean solicitados durante dicho proceso, realizar la designación de un Administrador y/o Personas Autorizadas, y de una Cuenta de Liquidación, entre otras obligaciones que se expresan a lo largo del presente.
3. DEFINICIONES
Los términos que se utilicen en los presentes TyC que se escriban con mayúscula, tendrán el significado que se les atribuye en las definiciones siguientes, en el entendido de que dichas definiciones aplicarán para el género masculino o femenino, e independientemente de que los mismos se usen en singular o plural:
Para la consecución de dicho objeto, el Cliente confiere a TAPI la Comisión Mercantil con el exclusivo propósito de que, a nombre y por cuenta del Cliente, TAPI (i) reciba los Pagos realizados por los Pagadores a través de los Medios de Cobro, y (ii) lleve a cabo la Liquidación al Cliente. La Comisión Mercantil tendrá el carácter de irrevocable durante la vigencia de los presentes TyC.
Término | Definición |
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“Aclaraciones” | Se refiere, de manera conjunta, a las aclaraciones, desconocimientos, reclamaciones, reversiones, quejas, devoluciones o contracargos que los Pagadores interpongan frente a las instituciones emisoras de sus medios de disposición, con motivo de cargos que hubieren sido realizados a dichos medios por la realización de Pagos. |
“Administrador” | Se refiere a la persona física debidamente facultada por el Cliente, y a quien se le otorga pleno acceso a la Cuenta TAPI y los permisos necesarios para designar y/o revocar Personas Autorizadas, cargar Cuentas por Cobrar, habilitar o deshabilitar Medios de Cobro y el servicio de recordatorios, entre otras funcionalidades que, de tiempo en tiempo, TAPI incluya en la Plataforma. |
“Anexo de Cobro con Otros Medios” | Se refiere al Anexo de los presentes TyC que gobierna y regula las cuestiones particulares al Servicio de aceptación de Pagos con medios ofrecidos por TAPI distintos a las tarjetas. |
“Anexo de Cobro con Tarjetas” | Se refiere al Anexo de los presentes TyC que gobierna y regula las cuestiones particulares al Servicio de aceptación de pagos con tarjeta. |
“Anexo de Comisiones” | Se refiere al Anexo de los presentes TyC que establece los montos y otros aspectos de la Contraprestación. |
"Anexo de Liquidación" | Se refiere al Anexos de los presentes TyC que establece, entre otros aspectos, los plazos en que se llevará a cabo la Liquidación. |
"Anexos" | Se refiere conjuntamente a los documentos legales aquí listados que, si bien accesorios a estos TyC, se consideran parte integrante y son aceptados por el Cliente junto con éstos.
|
"API" | Es un sistema de comunicación a través de una Interfaz de Programación de Aplicaciones que TAPI, de corresponder, pondrá a disposición del Cliente, y que podrá ser utilizada por éste para compartir a TAPI toda la información asociada a las Cuentas por Cobrar cuyo Pago desee recibir. |
"CLABE" | Se refiere al número único e irrepetible conformado por un conjunto de 18 dígitos numéricos, que es asignado a cada cuenta aperturada en una institución financiera, que garantiza que los recursos enviados mediante transferencias de fondos, se apliquen exclusivamente a la cuenta señalada como destino u origen. |
"Cliente" | Significa la persona moral y/o la persona física con actividad empresarial que, satisfaciendo los requisitos de elegibilidad establecidos por TAPI, suscribe y se obliga en términos de los presentes TyC y los Anexos. |
"Comisión" | Se refiere a la tasa o tarifa por transacción que TAPI tiene derecho a cobrar al Cliente por los servicios de aceptación de Pagos que le brinde, y que será definida en el Anexo de Comisiones. |
"Comisión Mercantil" | Es el acto de comercio consistente en el mandato que le confiere el Cliente a TAPI por virtud de la aceptación de los presentes TyC con el exclusivo propósito de que efectúe, a nombre y por cuenta del Cliente, la aceptación de Pagos realizados por los Pagadores a través de los Medios de Cobro habilitados. |
"Contraseña" | Se refiere a la clave alfanumérica que forma parte de las Credenciales de Acceso a la Plataforma creada por el Cliente para que, junto con su correo electrónico o el identificador que en su momento se designe, pueda identificarse, iniciar sesión y acceder a la Plataforma. |
"Contraprestación" | Se refiere a la retribución que el Cliente se compromete a entregar a TAPI a cambio del uso de la Plataforma, de la API, de corresponder y la prestación de los Servicios, misma que podría componerse por (i) la Comisión, (ii) la Ganancia Mínima Mensual, de corresponder, (iii) Tarifa de Servicios de Notificación, (iv) otros cargos que se realicen, de conformidad con estos TyC y los Anexos. |
"Credenciales de Acceso a la Plataforma" | Se refiere a los datos de usuario, claves, accesos, contraseñas, identificadores y/o factores de autenticación que sean utilizados para acceder a la Cuenta TAPI del Cliente en la Plataforma. |
"Credenciales de Acceso a la API" | Se refiere a los datos de usuario, claves, accesos, contraseñas, identificadores y/o factores de autenticación que sean utilizados para acceder a API, de corresponder. |
"Cuentas Concentradoras" | Se refiere a las cuentas de depósito a la vista aperturadas por TAPI en distintas instituciones financieras debidamente autorizadas en México, y en las cuales mantiene de forma identificada y segregada, tanto los recursos que deberán ser liquidados al Cliente de conformidad con estos TyC y los Anexos, como aquellos que compongan las Reservas. |
"Cuenta de Liquidación" | Se refiere a la cuenta aperturada en una institución financiera debidamente autorizada, de titularidad del Cliente, y que ha sido designada por éste para recibir la liquidación de los Pagos exitosos efectivamente recibidos por TAPI al amparo de la Comisión Mercantil. |
"Cuenta Inactiva" | Se refiere a aquella Cuenta TAPI que haya registrado un periodo de inactividad de, cuando menos, dos años consecutivos, contados a partir del último momento en que registró actividad. |
"Cuenta TAPI" | Se refiere al conjunto de datos y configuraciones asociadas al Cliente dentro de la Plataforma tras la conclusión de la Registración, el cual será administrado por el Administrador, o bien, las Personas Autorizadas, contendrá información como denominación social, detalles de Operaciones, preferencias de usuario, entre otras, y le permitirá al Cliente interactuar con la Plataforma. |
"Cuentas por Cobrar" | Se refiere a aquellas deudas u obligaciones de pago que (i) los Pagadores hubieren adquirido frente al Cliente por virtud de los bienes y/o servicios que hubieren adquirido de aquél, y (ii) hubieran sido compartidas por el Cliente con TAPI a través de la Plataforma o de la API, según corresponda, para su gestión en los términos de estos TyC. |
"Días Hábiles" | Se refiere a los días de la semana en que las entidades financieras no estén obligadas a cerrar sus puertas ni suspender sus operaciones de acuerdo al calendario de la CNBV. |
"Firma Electrónica" | Se refiere a aquella firma realizada o aceptación brindada tanto por el Cliente como por TAPI, a través de la Plataforma o por otros medios, mediante la cual al menos una de las Partes manifiestan su aceptación libre y expresa de los presentes TyC y de sus Anexos. |
"Ganancia Mínima Mensual" | Se refiere a la ganancia mínima mensual por la suma indicada en el Anexo de Comisiones que deberá garantizar el Cliente a favor de TAPI como resultado del total de la Comisión abonada por el Cliente a TAPI en un determinado mes. |
"IVA" | Se refiere al Impuesto al Valor Agregado. |
"Liquidación" | Se refiere a la transferencia de fondos realizada por TAPI a la Cuenta de Liquidación designada por el Cliente, y por virtud de la cual (i) se entregan los fondos recibidos a nombre y por cuenta del Cliente con motivo de un Pago al amparo de la Comisión Mercantil, y (ii) se da por extinguida la obligación de pago surgida a cargo de TAPI con motivo de la aceptación de Pagos en el desempeño de la Comisión Mercantil. |
"Medios de Cobro" | Se refiere a los medios que podrán ser habilitados por el Cliente a efecto de que sus Pagadores realicen el Pago de Cuentas por Cobrar, y que se encuentran contemplados, respectivamente en el Anexo de Cobro con Otros Medios y el Anexo de Cobro con Tarjetas. |
"Medios de Comunicación" | Se refiere a los medios de comunicación que el Cliente podrá habilitar o deshabilitar en la Plataforma, y que podrán ser utilizados para enviar notificaciones, recordatorios y/o comunicaciones a los Pagadores en relación con las Cuentas por Cobrar que se hubieran cargado a su nombre. Dichos medios podrán consistir de manera enunciativa en mensajes de texto, mensajería instantánea, aplicativos y/o sistemas de mensajería por Internet (por ejemplo, WhatsApp), correo electrónico, entre otros. |
"Operaciones" | Se refiere a todas aquellas actividades relacionadas con la recepción de Pagos que el Cliente realiza, o bien, que quedan registradas en la Plataforma en relación a éste. |
"Pagador" o "Pagadores" | Se refiere a la persona que adquiere, consume o utiliza los bienes o servicios ofrecidos por el Cliente y que realiza Pagos a través de los Medios de Cobro habilitados. |
"Pago" o "Pagos" | Se refiere a la entrega de recursos que un Pagador realiza en favor del Cliente a través de cualquiera de los Medios de Cobro habilitados por este último, extinguiendo con ello una Cuenta por Cobrar. |
"Personas Autorizadas" | Se refiere a las personas físicas a las que el Cliente, por medio de un Administrador, solicita que se les otorguen privilegios y/o permisos de acceso a la Cuenta TAPI del Cliente y quienes en todo momento actuarán a nombre y por cuenta del Cliente. |
"PEP" | Se refiere a las Personas Políticamente Expuestas. |
"Peso" | Se refiere a la moneda de curso legal y la unidad del sistema monetario en México, en términos del Artículo 1° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. |
"Plataforma" | Se refiere al Conjunto de servicios y/o funcionalidades que TAPI pone a disposición del Cliente, a su entera discrecionalidad, por medio del sitio alojado en el dominio https://www.tapipay.la, así como el Portal de Pagos puesto a disposición de los Pagadores. |
"PLD" o "PLD/FT" | Se refiere a la Prevención de Lavado de Dinero y, en su caso, la Prevención del Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo. |
"Portal de Pagos" | Se refiere a la sección, sitio web, aplicación informática y/o módulos de la Plataforma que será habilitada a los Pagadores a efecto de que éstos lleven a cabo las actividades y/o utilicen las funcionalidades descritas en la cláusula 11.5.2. |
"Registración" | Se refiere al proceso de creación de una Cuenta TAPI, por virtud del cual el Cliente se da de alta en la Plataforma, crea sus Credenciales de Acceso a la Plataforma, designa por lo menos a un Administrador y concluye la entrega de la información y documentación de conformidad con estos TyC. |
"Reservas" | Se refiere a aquellos montos que sean recibidos en ejercicio de la Comisión Mercantil, y que TAPI tendrá derecho a retener y conservar en garantía con la finalidad de cubrir (i) las obligaciones de pago a cargo del Cliente, (ii) los costos de cualquier incumplimiento y/o situación de riesgo producida por el Cliente en términos de estos TyC y sus Anexos, y (iii) los requerimientos de reservas que, a su vez, sean efectuados por los diversos participantes de las redes de medios y/o sistemas de pagos. |
"SAT" | Se refiere al Servicio de Administración Tributaria, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. |
"Servicios" | Se refiere de manera conjunta a (i) el servicio de aceptación de Pagos brindado por TAPI, (ii) el desempeño de la Comisión Mercantil, (iii) el acceso a la API, de corresponder, (iv) la puesta a disposición y mantenimiento de la Plataforma, junto con sus funcionalidades asociadas, y (v) los Servicios Adicionales. |
"Servicios Adicionales" | Se refiere a los servicios complementarios y conexos que, de tiempo en tiempo, ofrece TAPI a través de la Plataforma. |
"SPEI" | Se refiere al Sistema de Pagos Electrónico Interbancario administrado y operado por el Banco de México. |
"Tarifa de Servicio de Notificaciones" | Se refiere a aquella parte de la Contraprestación que TAPI tiene derecho a recibir mensualmente por otorgar al Cliente los servicios de las notificaciones a través de los Medios de Comunicación. |
"TAPI" | Significa AUNTAPI TECHSOLUTIONS, S. de R.L. de C.V. |
3. OBJETO. SERVICIOS Y COMISIÓN MERCANTIL
El Cliente contrata los Servicios y Servicios Adicionales obligándose a entregar la Contraprestación de conformidad con estos TyC y sus Anexos, y TAPI por su parte, se obliga a brindar dichos servicios y a otorgar al Cliente acceso a la Plataforma, a la API, de corresponder, y/o a los medios que conforme a estos TyC resulten necesarios para consumirlos.
Para la consecución de dicho objeto, el Cliente confiere a TAPI la Comisión Mercantil con el exclusivo propósito de que, a nombre y por cuenta del Cliente, TAPI (i) reciba los Pagos realizados por los Pagadores a través de los Medios de Cobro, y (ii) lleve a cabo la Liquidación al Cliente. La Comisión Mercantil tendrá el carácter de irrevocable durante la vigencia de los presentes TyC.
4. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
4.1. OBLIGACIONES DEL CLIENTE
El Cliente se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
4.1.1. Cubrir la Contraprestación.
Cubrir la Contraprestación y cualquier otro cargo, penalidad, cobro y/o monto adeudado conforme a estos TyC y sus Anexos.
4.1.2. Información y documentación.
Compartir la información y documentación requerida para completar su Registración, así como cualquier otra que le pudiera ser solicitada para los efectos señalados en estos TyC, incluyendo aquella necesaria para (i) el conocimiento del Cliente, (ii) el establecimiento de un perfil transaccional y la justificación de desviaciones sobre el mismo, (iii) cualquier motivo relacionado con el riesgo y/o la ocurrencia de fraude, actividades ilícitas, el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, entre otras, (iv) la correcta determinación del giro de negocios y/o actividad comercial del Cliente, (v) cumplir con los requerimientos realizados por autoridades de gobierno, otros participantes de las redes de medios y/o de los sistemas de pagos, (vi) colaborar en investigaciones de las cuales TAPI sea parte, y (vii) entre otros.
Asimismo, el Cliente deberá informar a TAPI de inmediato en caso de que, ya sea el propio Cliente, sus socios, accionistas, directivos, empleados y/o representante legal, entre otros, adquieran la calidad de PEP, y en su caso, deberá proporcionar la información que TAPI solicite.
4.1.3. Designaciones necesarias.
Designar cuando menos una Cuenta de Liquidación y un Administrador.
4.1.4. Medidas contra fraude.
Implementar medidas y procesos para prevenir, detectar y mitigar el fraude por parte del propio Cliente y de sus Pagadores, así como para llevar a cabo la identificación y conocimiento de los Pagadores.
4.1.5. Cumplimiento.
Cumplir con las obligaciones legales y/o regulatorias aplicables a las actividades desarrolladas por el Cliente.
4.1.6. Seguridad de la información y mejores prácticas.
En materia de seguridad de la información para el debido y correcto uso de la Plataforma, de la API, de corresponder, y la Cuenta TAPI, el Cliente deberá:
- Seguir los procedimientos e instrucciones de seguridad de TAPI, según puedan ser modificados o actualizados en cualquier momento, con respecto a las Credenciales de Acceso a la Plataforma y las Credenciales de Acceso a la API, de corresponder. Dichos procedimientos se darán a conocer a elección de TAPI, ya sea a través de la Plataforma, correo electrónico, o a través del sitio web https://www.tapipay.la/.
- Conservar las Credenciales de Acceso a la Plataforma y las Credenciales de Acceso a la API, de corresponder, en un lugar seguro, cuyo acceso sea estrictamente restringido y, en su caso, contar con políticas para designar privilegios de acceso exclusivamente al Administrador o a las Personas Autorizadas.
4.1.7. Reservas financieras.
Permitir que TAPI constituya las Reservas que resulten necesarias conforme a estos TyC y sus Anexos, así como aquellas que le fueran requeridas por los diversos participantes de las redes y/o sistemas de pagos que faciliten los Medios de Cobro.
4.1.8. Requisitos mínimos.
Contar con, al menos, lo siguiente, respecto de lo cual todo gasto correrá por cuenta del Cliente: (i) un dispositivo de cómputo funcional que reúna los requisitos mínimos de compatibilidad con la Plataforma y que soporte los formatos de archivos que, en su caso, requiera la Plataforma, y (ii) un proveedor de servicios de internet o, en su caso, telefonía móvil.
4.1.9. Políticas de reembolso y/o devoluciones a Pagadores.
El Cliente deberá contar con lo siguiente:
- Políticas y procedimientos de devoluciones y cancelaciones de los bienes, productos, membresías, pólizas, suscripciones y servicios, entre otros, que ofrezca a los Pagadores, en apego a lo dispuesto por la Ley Federal de Protección al Consumidor y sus disposiciones reglamentarias.
- Proporcionar a los Pagadores las reglas de devoluciones y/o cancelaciones al momento del Pago respectivo.
- Efectuar los reembolsos que deba realizar a los Pagadores por motivo de devoluciones, cancelaciones, reversiones, entre otros, de conformidad con la legislación aplicable.
- En caso de sustitución de bien o servicio que implique una diferencia en el precio de compra, reembolsar el importe total de los bienes devueltos o los servicios cancelados y registrar una nueva compra por los nuevos.
4.1.10. Permitir auditorías.
El Cliente deberá permitir a TAPI, sus subsidiarias, afiliadas, partes relacionadas, o bien, a terceros contratados por éstas, realizar auditorías e inspecciones que le permitan conocer y verificar (i) el cumplimiento de la regulación y/o legislación que le resulte aplicable, (ii) el cumplimiento e implementación de políticas y procedimientos en materia de PLD/FT, (iii) la implementación y el seguimiento a los procesos de conocimiento de los Pagadores, (iv) la implementación de medidas tendientes a reducir, eliminar y/o mitigar el fraude, las Operaciones sospechosas y las actividades ilícitas, (v) su viabilidad y solvencia financiera, (vi) la posible violación a derechos de terceros y/o la realización de actividades que representen un riesgo de cualquier naturaleza para TAPI, (vii) el cumplimiento del Cliente con las reglas de operación y/o condiciones de afiliación establecidos por los participantes de las redes y sistemas de pagos que faciliten los Medios de Cobro, y (viii) otros aspectos que a juicio de TAPI resulten relevantes. Las auditorías podrán practicarse físicamente, o bien, mediante requerimientos de información por medios electrónicos.
Para iniciar la auditoría, TAPI enviará una notificación al Cliente por correo electrónico y/o por medio de la Plataforma con por lo menos 10 días naturales de anticipación a la fecha en que pretenda iniciar la revisión. En la notificación, TAPI detallará, por lo menos, el alcance, formato y objetivo de la auditoría, las personas que participarán en la revisión, los plazos de respuesta a otorgarse al Cliente, y el listado inicial de información y documentación a ser proporcionado por el Cliente. Por su parte, el Cliente deberá entregar, ya sea por medios físicos o digitales, según TAPI lo requiera, la documentación, libros, registros, datos, políticas, contabilidad, estados de cuenta, comprobantes de operación, papeles de trabajo, documentación comprobatoria, asientos, oficios, entre otros, que resulten necesarios para cumplimentar la auditoría. En caso de requerirse, el Cliente deberá permitir el acceso a las instalaciones en donde desempeñe sus actividades, así como la inspección de sus procesos de forma pacífica y ordenada.
Al concluir la auditoría, TAPI y/o el tercero que este contrate, emitirán un reporte y/o un dictamen conclusivo, en donde hará constar los hallazgos, áreas de oportunidad, faltas, incumplimientos y posibles riesgos advertidos en la operación del Cliente. Adicionalmente, TAPI podrá incluir (i) las medidas correctivas y/o planes de acción a ser tomadas por el Cliente para regularizar su situación, (ii) las sanciones, penalizaciones y/o cargos que estime necesarios con motivo de incumplimientos detectados, (iii) la decisión de aumentar las Reservas, (iv) la decisión de suspender total o parcialmente los Servicios, y/o (v) la terminación de los presentes TyC y sus Anexos.
4.1.11. Comprobantes.
Proporcionar a los Pagadores un recibo o comprobante que ampare y/o sirva como documentación soporte del finiquito de las Cuentas por Cobrar cuyo Pago hubieran realizado.
4.2. OBLIGACIONES DE TAPI
En adición a las demás obligaciones que se desprenden de estos TyC y sus Anexos, TAPI se compromete a cumplir con las siguientes:
4.2.1. Proporcionar los Servicios.
Brindar los Servicios, conceder acceso a la API en los casos en el que el Cliente resulte elegible y TAPI lo habilite a tal fin, y poner la Plataforma a disposición del Cliente en los términos aquí pactados, así como realizar esfuerzos razonables para evitar errores, intermitencias o interrupciones en la prestación de los Servicios y el uso de la Plataforma y de la API, de corresponder.
4.2.2. Liquidación.
Liquidar al Cliente los montos que correspondan de conformidad con estos TyC y el Anexo de Liquidación.
4.2.3. Atención al Cliente.
Mantener el correo info@tapi.la como el canal de comunicación y/o sistema destinado a atender las dudas, quejas y sugerencias del Cliente, comprometiéndose TAPI a dar respuesta y solventar los comentarios respectivos dentro de un periodo de tiempo razonable.
4.2.4. Información relativa a Aclaraciones y disputas.
Compartir al Cliente aquella información, datos, resoluciones y determinaciones, que pudieran repercutir en él por tratarse de Aclaraciones iniciadas por Pagadores, la oportunidad de iniciar disputas, solicitudes formuladas por terceros para suspender los Servicios brindados al Cliente relativos a la aceptación de Pagos, entre otros.
4.2.5. Privacidad y protección de datos.
Proteger los datos personales que reciba del Cliente relativos a los Pagadores, así como aquellos recabados por medio de la Plataforma, y tratarlos en los términos establecidos en el Aviso de Privacidad.
4.2.6. Entrega de comprobantes a Pagadores.
Enviar a través de los medios de contacto designados por los Pagadores por medio de la Plataforma, los comprobantes y/o recibos electrónicos que reflejen los Pagos realizados a través de los Medios de Cobro.
4.2.7. Notificación de Incidencias.
Notificar al Cliente de cualquier incidente, propio o de terceros, que pudiera afectar los Servicios, a la mayor brevedad posible, para que el Cliente pueda llevar a cabo las medidas de seguridad que considere necesarias.
5. PROHIBICIONES DE LAS PARTES
5.1. PROHIBICIONES DEL CLIENTE
El Cliente estará sujeto a las siguientes prohibiciones y obligaciones de no hacer, en adición a las demás que se desprendan de los presentes TyC y sus Anexos:
5.1.1. Disputas infundadas.
Iniciar procesos de disputa en los casos en que sospeche, tenga indicios y/o existan motivos fundados para que la Aclaración respectiva sea resuelta favorablemente al Pagador.
5.1.2. Falsedad de información y pagos no solicitados.
Proporcionar a TAPI cualquier información, declaraciones o documentación falsa, forjada, inexacta o engañosa, así como solicitar a sus Pagadores cualquier pago indebido, fraudulento y/o abusivo.
5.1.3. Cuentas de titularidad ajena.
Realizar pagos a TAPI desde cuentas que no estén a nombre del Cliente, así como tampoco designar Cuentas de Liquidación que no estén a su nombre.
5.1.4. Actividades ilícitas o riesgosas.
Realizar o facilitar, directa o indirectamente, actividades ilegales, abusivas, fraudulentas, contrarias a la moral y/o las buenas costumbres, o bien, actividades que pongan en riesgo la seguridad, integridad o reputación de las Partes o de las redes y sistemas de pagos.
5.1.5. Compartir o entregar Credenciales de Acceso a la Plataforma y/o Credenciales de Acceso a la API, de corresponder.
Ceder, vender, transferir o permitir el uso de la API, de corresponder, o de la Cuenta TAPI o sus Credenciales de Acceso a la Plataforma y Credenciales de Acceso a la API, de corresponder, a terceros y/o personas no autorizadas, salvo contando con autorización expresa y por escrito de TAPI.
5.1.6. Interferir la Plataforma.
Interferir con el funcionamiento técnico o de seguridad de la Plataforma y/o de la API, de corresponder, y/o los Servicios, incluyendo intentos de hackeo, ingeniería inversa, o introducción de virus o malware.
5.1.7. Personas sin facultades.
Designar a Administradores o Personas Autorizadas que no gocen de las facultades legales o poderes necesarios para actuar en representación del Cliente u obligarlo en términos de los presentes TyC.
5.1.8. Giros prohibidos y/o restringidos.
Utilizar los Servicios para la recepción de pagos correspondientes a giros restringidos y/o prohibidos en términos del Anexo de Giros Restringidos y Prohibidos, salvo mediando autorización expresa de TAPI en el caso de giros restringidos. Los giros prohibidos y restringidos, recibirán el siguiente tratamiento, respectivamente:
Giros prohibidos.
TAPI negará los Servicios y el acceso a la Plataforma y a la API, de corresponder, a Clientes que desarrollen actividades y/o giros catalogados como prohibidos por TAPI y por los participantes de las redes de medios y sistemas de pagos, entendiéndose éstas como aquellas actividades comerciales que representan riesgos inaceptables o incumplen con la legislación aplicable. La sola detección de un giro prohibido, ya sea en el proceso de Registración y/o durante la vigencia de los TyC, facultará a TAPI para detener la Registración y negar los Servicios, o bien, para dar por terminados los TyC y sus Anexos, sin responsabilidad alguna frente al Cliente.
Giros restringidos.
TAPI podrá, en cualquier momento, solicitar información y documentación que permita esclarecer el riesgo y/o naturaleza de las actividades realizadas por el Cliente y que sean catalogadas dentro del rubro de giros restringidos, según son definidos por TAPI y por los distintos participantes de las redes o sistemas de pagos. TAPI estará facultado a negar los Servicios y/o a dar por terminados los TyC y sus Anexos, sin responsabilidad para TAPI, en caso de que (i) el Cliente no proporcione la información y/o documentación solicitada, (ii) la información y documentación aportada no esclarezca los riesgos que representan las actividades del Cliente, (iii) TAPI concluya que el riesgo que representa el Cliente es inaceptable, o bien, (iv) los participantes de las redes y/o sistemas de pagos, nieguen el procesamiento de Pagos en favor del Cliente.
El Cliente reconoce y acepta que TAPI, a su propio criterio, podrá iniciar o negar el proceso de evaluación de giros restringidos. En caso de iniciarlo, dará vista a los participantes de las redes de medios y/o sistemas de pagos que corresponda, para su propia evaluación, y sólo en caso de obtener su respuesta favorable, se podrá afiliar al Cliente para el procesamiento de Pagos por la actividad declarada. El hecho de iniciar el proceso de evaluación, no implica obligación alguna de TAPI de registrar al Cliente, ni mantener una relación y/o comercial con éste.
En caso de que se detecte que el Cliente esté llevando a cabo una actividad catalogada como prohibida o restringida en términos del Anexo de Giros Restringidos y Prohibidos, sin contar con la autorización expresa de TAPI, TAPI estará facultada para terminar estos TyC y cancelar los Servicios de manera inmediata, sin necesidad de previo aviso. El Cliente recibirá una notificación de dicha terminación posterior a la suspensión de los Servicios. La terminación de los Servicios podrá llevarse a cabo sin que ello implique responsabilidad alguna para TAPI, y el Cliente no podrá reclamar pago alguno por los daños y/o perjuicios derivados de dicha acción.
Asimismo, el Cliente reconoce que (i) llevar adelante actividades prohibidas o restringidas en términos de este numeral sin la debida autorización podría causar daños irreparables a TAPI, por lo que el Cliente se compromete a indemnizar y mantener indemne a TAPI en la medida máxima permitida por la legislación aplicable, y (ii) el Anexo de Giros Restringidos y Prohibidos podrá ser actualizado sin previo aviso al Cliente.
5.1.9. Territorios y actividades controladas o restringidas.
El Cliente no podrá llevar a cabo lo siguiente:
- Llevar a cabo la carga de Cuentas por Cobrar y/o la solicitud de Pagos que correspondan a actividades realizadas en países distintos a México, o bien, en monedas distintas al Peso.
- Negociar el canje de los fondos de los diversos Medios de Cobro por dinero en efectivo, títulos de crédito o similares.
- En el caso de Medios de Cobro regulados, tales como vales de despensa, según lo dispuesto por el SAT, estará prohibido: (i) aceptar los vales de despensa para la compra de bebidas alcohólicas o productos del tabaco, y (ii) utilizar o facilitar la utilización de los vales de despensa y/o gasolina para retirar el importe de su saldo en efectivo. En caso de incurrir en cualquiera de estas faltas, el Cliente será acreedor a las sanciones vigentes que correspondan.
- Utilizar los Servicios con la finalidad de, a su vez, ofrecer los servicios de agregación, aceptación y/o procesamiento de Pagos a terceros.
5.1.10. Cobros, condiciones e incentivos indebidos.
El Cliente no podrá llevar a cabo lo siguiente:
- Cobrar directamente a los Pagadores cargos que ya se hubieran realizado a través de los Medios de Cobro por concepto de compras o Pago, salvo que: (i) TAPI hubiera aplicado un reverso respecto al cargo que se pretende cobrar al Pagador, (ii) el Cliente haya asumido los cargos respectivos por completo, y (iii) el Cliente tenga el derecho legal de proceder contra el Pagador.
- Exigir límites mínimos de Pago para la aceptación de los Medios de Cobro.
- Aplicar precios superiores o comisiones adicionales a los Pagadores por el uso de un Medio de Cobro.
- Realizar transacciones y/u ofertas que requieran que los Pagadores renuncien a su derecho a disputar un Pago o a interponer una Aclaración.
- Procesar una compra de bienes y/o servicios como varias transacciones de Pago (fraccionar cargos), salvo en los casos que TAPI expresamente lo permita y/o habilite.
- Otorgar preferencias o trato preferencial a ciertos Medios de Cobro, o bien, discriminarlos por cualquier motivo.
- Aceptar incentivos en efectivo o cualquier otra contraprestación por facilitar un reembolso.
- Realizar reembolsos por montos que superen el importe de los Pagos realizados por los Pagadores.
5.1.11. Cesión de derechos y obligaciones.
Ceder a cualquier tercero cualquier obligación o derecho que tuviera en los términos de estos TyC y los Anexos, incluyendo los derechos de cobro y/o las cuentas por cobrar que tenga frente a TAPI e, inclusive, la titularidad o propiedad de la Cuenta TAPI. Por excepción, se podrá llevar a cabo la cesión de derechos y/u obligaciones, cuando se tenga la autorización expresa y por escrito de TAPI.
5.1.12. Utilizar Medios de Cobro para financiarse.
Utilizar los Servicios para efectuar Operaciones, carga de Cuentas por Cobrar y/o solicitudes de Pago con el propósito de financiarse. Esta restricción alcanzará a: (i) El Cliente, Administrador, Personas Autorizadas, su representante legal, entre otros empleados que tengan acceso a la Plataforma y/o los Servicios, (ii) sus cónyuges y (iii) sus ascendientes, descendientes y/o parientes colaterales hasta el cuarto grado.
5.1.13. Carga incorrecta o errónea de Cuentas por Cobrar.
Realizar la carga de Cuentas por Cobrar y/o solicitar Pagos a través de la Plataforma y de la API, de corresponder, en los casos en que:
- La Cuenta por Cobrar o Pago solicitado sea inexistente, se encuentre duplicada, o bien, el monto y/o conceptos sean incorrectos o imprecisos.
- La Cuenta por Cobrar o Pago solicitado corresponda a una actividad y/o giro distinto a aquél declarado en el proceso de Registración, o a la que tuviera inscrita frente al SAT.
- No sea posible acreditar fehacientemente que el Pagador respectivo tiene una deuda con el Cliente.
- La Cuenta por Cobrar o Pago solicitado ya hubiere sido cubierta al Cliente por el Pagador con anterioridad.
- La Cuenta por Cobrar o el Pago solicitado no sean exigibles o no hubieran alcanzado la fecha de pago.
- No se cuente con la autorización del Pagador para compartir con TAPI los datos de la Cuenta por Cobrar.
- Los datos de la Cuenta por Cobrar no se encuentren en el formato requerido por la Plataforma y/o por la API, de corresponder.
- Artificial, intencional o negligentemente se sature la API de modo tal que el consumo de infraestructura asociado a ello alcance un nivel intolerable para TAPI.
5.1.14. Distribución no autorizada.
Copiar, modificar, exhibir, desarrollar, distribuir, adaptar, transmitir, comunicar al público en general a través de medios de telecomunicación, divulgar o vender el contenido de la Plataforma y de la API, de corresponder, de ninguna manera, así como tampoco divulgarla a terceros, sin el consentimiento previo y por escrito de TAPI.
5.1.15. Saturación de la API.
De corresponder, saturar la API con la carga de las Cuentas por Cobrar, de acuerdo con los parámetros establecidos por el equipo técnico de TAPI. En caso de que el Cliente sature la API, TAPI podrá suspender los Servicios hasta tanto el Cliente regularice la incidencia, sin responsabilidad alguna para TAPI. La saturación recurrente de la API por parte del Cliente habilitará a TAPI a dar por terminado los presentes TyC sin que ello genere responsabilidad alguna para TAPI.
6. DERECHOS DE LAS PARTES
6.1. DERECHOS DEL CLIENTE
En el desarrollo del objeto de estos TyC, el Cliente tendrá los siguientes derechos:
6.1.1. Acceso a la Plataforma, a la API, de corresponder, y los Servicios.
Acceder a la Plataforma, a la API, de corresponder, y a los Servicios en las condiciones previstas en los presentes TyC y los Anexos.
6.1.2. Solicitar el inicio de disputas.
Iniciar procesos de disputa en contra de Aclaraciones (i) según se contemple en el Anexo de Cobro con Otros Medios y en el Anexo de Cobro con Tarjetas, respectivamente, (ii) en los casos que, a criterio de los distintos participantes en las redes o sistemas de pago, resulte procedente, y (iii) TAPI estime que se cuenta con la documentación y/o evidencia suficiente para acreditar las bases de su petición.
6.1.3. Otros.
Los demás derechos que se desprendan de estos TyC y los Anexos.
6.2. DERECHOS DE TAPI
En el desarrollo del objeto de estos TyC, TAPI tendrá los siguientes derechos:
6.2.1. Exigir la Contraprestación.
TAPI tendrá el derecho a exigir el pago de la Contraprestación al momento en que sea devengada, así como el pago de cualquier otro cargo y/o monto adeudado a TAPI por el Cliente en términos de estos TyC y los Anexos.
6.2.2. Retención, aplicación y compensación de fondos.
- Recibir, transferir, retener y/o de cualquier forma disponer de los fondos ligados a la operación de su Cuenta TAPI, con el propósito de llevar a cabo la Liquidación, constituir las Reservas, o bien, realizar el cobro de cualquier monto adeudado a TAPI, incluyendo la Contraprestación.
- Compensar cualquier adeudo del Cliente contra montos que se encuentren por liquidar, presentes o futuros, de acuerdo con las obligaciones derivadas de los presentes TyC y los Anexos, y aplicar dichos montos al pago de los adeudos que se tuvieran con TAPI.
- En los casos en que TAPI tenga sospecha fundada de fraude, ilicitud o irregularidad en las operaciones del Cliente, podrá proceder a la retención de los montos por liquidar hasta que se aclare la situación a satisfacción de TAPI.
6.2.3. Adicionar y modificar la Plataforma, la API, de corresponder, sus funcionalidades y los Servicios.
- Eliminar o agregar Medios de Cobro en la Plataforma, o bien, redes relacionadas con el uso de los Medios de Cobro en cualquier momento y sin previo aviso al Cliente.
- Eliminar, modificar, mejorar y adicionar cualquier funcionalidad o característica de la Plataforma y/o de la API, de corresponder.
6.2.4. Disputas.
- Decidir sobre la información y/o evidencia que deba ser proporcionada por el Cliente en caso de solicitar el inicio de un proceso de disputa de conformidad con el Anexo de Cobro con Otros Medios y el Anexo de Cobro con Tarjetas, respectivamente.
- Determinar de forma preliminar si la evidencia que, en su caso, sea proporcionada por el Cliente a efecto de hacer frente a una Aclaración, resulta suficiente, pertinente y/o adecuada. Asimismo, podrá determinar, sin responsabilidad alguna, que no resulta procedente iniciar un proceso de disputa dentro de las redes de medios o sistemas de pagos.
6.2.5. Uso de marcas del Cliente.
Durante la vigencia de los presentes TyC y sus Anexos, el Cliente concede a TAPI, a sus afiliadas y/o a sus subsidiarias, una licencia no exclusiva, gratuita y limitada sobre su nombre comercial, marca, logo, denominación y/o razón social, otorgándoles los derechos de uso y sub-licenciamiento, con el propósito limitado de que TAPI o sus afiliadas y subsidiarias (i) los utilicen en material publicitario, páginas web, directorios de negocios y la Plataforma, o (ii) los compartan y/o sub-licencien a aliados comerciales con la finalidad de facilitar la identificación del Cliente frente a los Pagadores y facilitar el funcionamiento de los Medios de Cobro.
6.2.6. Uso de información del Cliente.
El Cliente autoriza a TAPI a hacer uso de la información proporcionada a través de la Plataforma y/o de la API, de corresponder, así como aquella de derive de sus actividades y/o operación de la Cuenta TAPI, para los siguientes fines:
- Proporcionar, y en su caso solicitar, información relacionada con la situación patrimonial, operaciones de crédito y operaciones celebradas por el Cliente, quedando TAPI liberado de cualquier responsabilidad para compartir dicha información con terceros con el objetivo de brindar un mejor servicio al Cliente.
- Hacer uso de la información procesada por sus sistemas o provistas por terceros, para compartirla a empresas afiliadas y subsidiarias, proveedores y aliados comerciales, con el fin de permitir la operación de los distintos Medios de Cobro y de proveer servicios de valor agregado al Cliente.
6.2.7. Cesión de derechos y obligaciones.
TAPI tendrá el derecho de llevar a cabo la cesión de cualquier derecho y/u obligación que tuviera conforme a estos TyC y los Anexos, sin necesidad de requerir consentimiento del Cliente, debiendo en tal caso notificar por escrito a éste su voluntad de ceder con al menos cinco (5) días hábiles de antelación.
6.2.8. Otros.
Los demás derechos que se desprendan de los presentes TyC y los Anexos.
7. CONTRAPRESTACIÓN, PAGO Y FACTURACIÓN
7.1. CONTRAPRESTACIÓN
7.1.1. Composición de la Contraprestación.
Por la utilización de la Plataforma, de la API, de corresponder, y los Servicios, el Cliente deberá pagar a TAPI la Contraprestación vigente, misma que podrá componerse de las Comisiones, la Ganancia Mínima Mensual, de corresponder, la Tarifa de Servicios de Notificación, así como cualquier otro cargo o cobro que se realice al Cliente al amparo de los presentes TyC y sus Anexos.
7.1.2. Comisión.
El monto de la Comisión será cobrado sobre cada Pago que sea aceptado por TAPI en favor del Cliente, y será el que se encuentre vigente en el Anexo de Comisiones para cada Medio de Cobro.
7.1.3. Ganancia Mínima Mensual.
El Cliente garantizará una ganancia mínima mensual por la suma indicada en el Anexo de Comisiones a favor de TAPI como resultado del total de la Comisión abonada por el Cliente a TAPI en un determinado mes. En caso de que la facturación total de la Comisión de TAPI en un determinado mes no alcance la Ganancia Mínima Mensual, el Cliente deberá abonar a TAPI la diferencia correspondiente hasta llegar a la Ganancia Mínima Mensual. Si el monto generado por el total de la Comisión en un mes iguala o supera la Ganancia Mínima Mensual, la Compañía no deberá abonar ninguna suma adicional.
7.1.4. Tarifa de Servicios de Notificación.
El monto de la Tarifa de Servicios de Notificación será cobrado sobre cada notificación realizada por el Cliente a través de los Medios de Comunicación habilitados en la Plataforma a tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Anexo de Comisiones.
7.1.5. Períodos fraccionados de la Ganancia Mínima Mensual.
En los casos en los que el Cliente utilice los Servicios sólamente una fracción del mes, por haber realizado la contratación de forma posterior al inicio del mes, se dividirá la Ganancia Mínima Mensual correspondiente al total del período entre los días transcurridos desde la fecha de contratación y, con base en ello, se determinará el monto que el Cliente deba pagar al cierre del período.
7.1.6. Cargos por procesamiento de Aclaraciones.
El Cliente reconoce y acepta que, en función de cada Medio de Cobro, podrá aplicarse un cargo por concepto de procesamiento de Aclaraciones, el cual estará sujeto a lo dispuesto al efecto en el Anexo que corresponda al Medio de Cobro de que se trate. El monto del cargo por este concepto será el que se encuentre vigente en el Anexo de Comisiones.
7.1.7. Modificaciones a la Contraprestación.
TAPI se reserva el derecho de modificar el importe de la Contraprestación en cualquier momento y de forma unilateral, de conformidad con lo siguiente:
- Tratándose de la Comisión asociada a Pagos realizados en términos del Anexo de Cobro con Tarjetas, deberá dar aviso al Cliente a través de la Plataforma con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha en que pretenda que surtan efectos las modificaciones.
- Tratándose de la Comisión asociada a Pagos realizados en términos del Anexo de Cobro con Otros Medios, la Ganancia Mínima Mensual o la Tarifa de Servicios de Notificación, sin necesidad de aviso previo al Cliente.
7.2. CONDICIONES Y FORMA DE PAGO
7.2.1. Método de pago.
El pago de la Comisión, la Ganancia Mínima Mensual, de corresponder, la Tarifa de Servicios de Notificación y cualquier otro cargo asociado a la aceptación de Pagos y/o que componga la Contraprestación de acuerdo con lo indicado en el Anexo de Comisiones, deberá realizarse más el IVA correspondiente a través de cualquiera de los siguientes métodos, pudiendo TAPI exigir y/o aplicar el pago a través de aquél de su preferencia:
- Aplicar al pago, total o parcialmente, y sin previo aviso, aquellos fondos que deban ser liquidados o que se mantengan en las Reservas del Cliente, compensando así el adeudo del Cliente contra los montos que TAPI le adeude con motivo del ejercicio de la Comisión Mercantil.
- Mediante transferencia electrónica de fondos a la cuenta CLABE que TAPI le indique oportunamente al Cliente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción del comprobante fiscal emitido por TAPI.
7.2.2. Notificación de la Contraprestación.
Al terminar el mes y/o el período de facturación respectivo, TAPI notificará al Cliente el importe de la Contraprestación y los adeudos que deba cubrir, ya sea a través de la Plataforma o el correo electrónico que hubiera designado.
7.3. FACTURACIÓN
7.3.1. Comprobantes fiscales.
Al concluir el mes al que corresponda el período de facturación, TAPI emitirá el(los) comprobante(s) fiscal(es) que ampare(n) el cobro de la Comisión, la Ganancia Mínima Mensual, de corresponder, la Tarifa de Servicios de Notificación, y cualquier otro cargo que componga la Contraprestación de acuerdo con lo indicado en el Anexo de Comisiones, y lo(s) enviará al correo electrónico designado por el Cliente en la Plataforma. Asimismo, se pondrá(n) a disposición para consulta del Cliente a través de la Plataforma.
8. LIQUIDACIÓN
8.1. CUENTA DE LIQUIDACIÓN
8.1.1. Requisitos de la Cuenta de Liquidación.
Para recibir los Servicios referentes a la aceptación de Pagos, el Cliente deberá designar una Cuenta de Liquidación que reúna las características enumeradas a continuación:
- Sea una cuenta de depósito y/o de fondos de pago electrónico aperturada en alguna institución financiera mexicana que (i) se encuentre debidamente autorizada para organizarse y operar por las autoridades competentes, y (ii) tenga la capacidad de recibir y procesar órdenes de transferencias de fondos por medio de SPEI.
- Sea de titularidad exclusiva del Cliente, siendo éste el propietario real y beneficiario efectivo de la cuenta.
- El control sobre la administración y operación de la cuenta recaiga total y exclusivamente en el Cliente.
- Puede identificarse mediante una CLABE.
- Se encuentre habilitada en todo momento para recibir órdenes de transferencias, ya sea a través de SPEI, o bien, mediante operaciones interbancarias.
- No esté sujeta a embargos, restricciones, intervenciones y/o limitaciones de cualquier tipo, ya sean administrativas, judiciales, civiles o de cualquier otra índole.
- Sea un tipo y/o nivel de cuenta que pueda ser debidamente utilizada por el Cliente para efectos de la Liquidación.
8.1.2. Designación obligatoria.
TAPI no prestará los Servicios en lo referente a la aceptación de Pagos, sin la previa designación de una Cuenta de Liquidación, comprometiéndose el Cliente a (i) mantenerla actualizada en todo momento, y (ii) notificar inmediatamente a TAPI cualquier cambio o modificación, ya sea en la cuenta o en los datos de identificación de la misma.
8.1.3. Validación.
A efecto de corroborar que los datos proporcionados para la designación de la Cuenta de Liquidación son correctos, válidos y/o existentes, TAPI podrá solicitar documentación al Cliente, o bien, hacer las verificaciones y validaciones que a su juicio resulten suficientes para corroborar la información.
8.1.4. Sustitución y/o modificaciones.
En caso de que el Cliente desee modificar o sustituir la Cuenta de Liquidación, deberá notificar dicha decisión con 15 (quince) días naturales de anticipación a la fecha en que pretenda que el cambio surta efectos. La notificación deberá ser realizada por el Administrador a través del correo electrónico establecido por TAPI para dichos efectos. De lo contrario, TAPI no realizará las modificaciones solicitadas a la Cuenta de Liquidación.
8.1.5. Responsabilidad del Cliente.
El Cliente reconoce y acepta que será responsable de lo siguiente:
- Asegurar que la Cuenta de Liquidación (i) reúna los requisitos establecidos en esta cláusula, (ii) haya sido designada por un representante legal, apoderado o Administrador debidamente facultados, (iii) sea auténtica y válida, (iv) haya sido correcta e íntegramente identificada en la Plataforma, y (v) efectivamente corresponda a una cuenta en la que el Cliente desee recibir la Liquidación.
- En caso de que se detecte alguna irregularidad, fraude o uso indebido de la Cuenta de Liquidación, el Cliente será responsable de todos los daños y perjuicios que se pudieran derivar, incluidas las pérdidas económicas, pudiendo TAPI dar por terminados los Servicios.
- En caso de negligencia o imprudencia en el manejo de la Cuenta de Liquidación designada en la Plataforma, incluyendo sin limitación, situaciones en las que el Cliente no adopte las medidas necesarias para proteger los datos de la Cuenta de Liquidación, o permita modificaciones no autorizadas por parte de terceros ajenos al Cliente, sus empleados, representantes, oficiales y ejecutivos o incluso del propio Administrador o Personas Autorizadas, el Cliente asumirá toda la responsabilidad por los fondos mal dirigidos y será responsable de cubrir cualquier costo derivado de dicha circunstancia, sin que TAPI sea considerada responsable.
8.1.6. Limitación de responsabilidad específica para TAPI.
En relación con la Cuenta de Liquidación y su uso, el Cliente exime de responsabilidad a TAPI por lo siguiente:
- El Cliente reconoce que cualquier error, equivocación, uso indebido, fraude, malversación, sean intencionales o no intencionales, en relación con la designación, uso, modificación y/o sustitución de la Cuenta de Liquidación, pudiera derivar en la pérdida definitiva de los recursos recibidos por TAPI a nombre y por cuenta del Cliente, situación que se considerará enteramente atribuible al Cliente, aceptando éste asumir cualquier pérdida, daño y/o perjuicio que pudiera originarse con motivo de ello, sin responsabilidad alguna a cargo de TAPI.
- En los casos en los que el Cliente omita actualizar adecuada y/u oportunamente los datos de su Cuenta de Liquidación, TAPI no se responsabilizará en modo alguno por cualquier retraso o error en la Liquidación, o inclusive, el envío irrecuperable de los fondos a una cuenta distinta a aquella en la que el Cliente desea recibir la Liquidación.
8.2. PROCESO Y CONDICIONES DE LIQUIDACIÓN
8.2.1. Determinación del monto a liquidar.
Con base en los registros que lleve al efecto, TAPI determinará de forma unilateral el monto que deba liquidar al Cliente con motivo de los Pagos aceptados a nombre y por cuenta de éste. Para realizar dicha determinación, se tomarán en cuenta, entre otros, los siguientes factores:
- El período de Liquidación.
- El monto total de Pagos aceptados a nombre y por cuenta del Cliente en dicho período.
- Las Aclaraciones realizadas o interpuestas por los Pagadores, así como los ajustes, cuotas, tasas, retenciones, multas y/o penalizaciones que TAPI tenga derecho a aplicar.
- La Contraprestación, Comisiones, cargos y otros montos que adeude el Cliente ya sea a TAPI o a cualquiera de sus afiliadas o subsidiarias, así como el IVA que se genere a cargo del Cliente.
- La existencia o sospecha de que los montos pudieran estar asociados a fraude, actividades ilícitas, lavado de dinero, entre otras.
- La necesidad de constituir o reconstituir las Reservas, medidas de protección o montos en garantía que se exijan al Cliente en términos de estos TyC y los Anexos.
- Requerimientos de otros participantes de las redes y sistemas de pagos, así como de autoridades gubernamentales y/o judiciales.
- Otros factores que a juicio de TAPI justifiquen la necesidad de retener y/o descontar cantidades adicionales del monto a liquidar.
8.2.2. Validación de la Cuenta de Liquidación.
Una vez determinado el monto a liquidar, TAPI verificará que la Cuenta de Liquidación haya sido designada y reúna los requisitos necesarios para poder girar una orden de transferencia de fondos.
8.2.3. Método para realizar la Liquidación.
Para realizar la Liquidación, TAPI girará órdenes de transferencias de fondos a las instituciones financieras en las que mantiene sus Cuentas Concentradoras, a efecto de que éstas lleven a cabo el procesamiento de dichas órdenes y realicen, por medio de SPEI, el envío de los fondos a la institución financiera en la que se encuentre la Cuenta de Liquidación del Cliente, la cual deberá procesar la recepción de la orden de transferencia respectiva y abonar los fondos de la transferencia a la Cuenta de Liquidación. Para efectos de la Liquidación, las órdenes de transferencias de fondos serán giradas dentro de los horarios y días que sean permitidas y/o habilitadas por las instituciones financieras en las que se mantienen las Cuentas Concentradoras.
8.2.4. Plazo de Liquidación.
Los plazos dentro de los cuales TAPI llevará a cabo la Liquidación, serán los indicados en el Anexo de Liquidación, y que estarán a su disposición para consulta en la página web.
TAPI podrá modificar, en cualquier momento y sin responsabilidad alguna a su cargo, los plazos para llevar a cabo la Liquidación y la frecuencia de la misma, sin que para ello deba notificar previamente al Cliente. Del mismo modo, TAPI podrá alargar el plazo de Liquidación e inclusive suspenderlo, en los casos en los que (i) detecte errores en la Cuenta de Liquidación, (ii) tenga sospechas sobre la legalidad de las actividades del Cliente, el orígen lícito de los fondos y/o existieran situaciones que pudieran poner en riesgo la seguridad, integridad o reputación de TAPI, (iii) le sea solicitado por autoridades de gobierno u otros participantes de la red o el sistema de pagos.
8.2.5. No responsabilidad sobre fallas de terceros.
El Cliente reconoce que los plazos de Liquidación establecidos por TAPI podrán ser respetados únicamente en la medida en que los sistemas y servicios de diversos terceros funcionen en condiciones adecuadas, de modo que TAPI no asumirá responsabilidad alguna frente al Cliente ni estará obligado al pago de daños o perjuicios en caso de incumplir con el plazo de Liquidación por causas atribuibles a dichos terceros. Para los efectos de este numeral, los terceros incluyen de manera enunciativa más no limitativa a: (i) las instituciones financieras en que se mantienen las Cuentas Concentradores, (ii) la institución financiera en que se mantenga la Cuenta de Liquidación, (iii) las entidades que brinden el servicio de instrucción y/o procesamiento de órdenes de transferencia, ya sea de forma directa o indirecta, o bien, el servicio de participación indirecta en el SPEI, (iv) el SPEI, y (v) los demás intermediarios, empresas especializadas, terceros y/o participantes de las redes y/o sistemas de pagos que estuvieren involucrados en la aceptación de los Pagos realizados al Cliente.
8.2.6. Liquidación indebida.
En caso de que el Cliente reciba montos que no le correspondan en la Cuenta de Liquidación, estará obligado a notificarlo a TAPI y a devolver de inmediato el monto que le fue entregado de forma indebida. Si el Cliente no realiza la devolución de dichos montos, TAPI se reserva el derecho de retener montos a liquidar presentes o futuros del Cliente y a aplicar para dicho fin los montos de las Reservas hasta que TAPI recupere el monto total de la suma entregada indebidamente. Asimismo, TAPI podré ejercer las acciones legales necesarias para la recuperación de los montos pagados indebidamente, incluída la contratación de despachos de cobranza.
9. ACLARACIONES, DISPUTAS Y DEVOLUCIONES
El Cliente reconoce y acepta que en todos los aspectos relacionados con posibles Aclaraciones, disputas y reversiones, se estará a lo dispuesto en el Anexo de Cobro con Otros Medios y en el Anexo de Cobros con Tarjetas, respectivamente.
10. RIESGOS Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN
10.1. Posibles riesgos.
El Cliente reconoce que el uso que le de a la Plataforma, a la API, de corresponder, y los Servicios, así como las actividades que realice a través de los mismos, podrían generar riesgos financieros, operacionales, reputacionales, prudenciales y legales para TAPI. Entre las situaciones originadas por el Cliente que pudieran dar lugar a dichos riesgos, se consideran de manera enunciativa más no limitativa, las siguientes:
- El ingreso de información y/o documentación falsa, inexacta, errónea o incompleta en el proceso de Registración.
- El ingreso de información y/o documentación falsa, inexacta, errónea o incompleta en relación con las Cuentas por Cobrar a través de la API, o bien que tenga por efecto la saturación de la API, cuando corresponda.
- Faltar a cualquiera de las declaraciones realizadas al suscribir los presentes TyC y sus Anexos, o bien, incurrir en declaraciones falsas, erróneas o incorrectas durante la vigencia de los mismos.
- El incumplimiento con lo establecido en los presentes TyC y sus Anexos, así como cualquier otro acuerdo entre TAPI y el Cliente, o bien, las solicitudes efectuadas por otros participantes en las redes de medios o sistemas de pagos.
- Recibir, a criterio de TAPI un alto o desproporcionado número de Aclaraciones.
- Registrar Operaciones que violen las políticas, restricciones y demás lineamientos establecidos por TAPI y los participantes de las redes y sistemas de pagos que facilitan los Medios de Cobro, incluyendo Operaciones que pudieran considerarse fraudulentas.
- Contar con porcentajes elevados de rechazos en la aceptación de Pagos.
- Otras conductas y/o situaciones que se desprendan de los presentes TyC y los Anexos.
10.2. Medidas de protección.
Ante la posibilidad de que las situaciones contempladas en esta cláusula ocurran, TAPI tendrá derecho a establecer y tomar las siguientes medidas, según estime necesario:
- Crear y mantener Reservas hasta por el monto que fuese razonablemente necesario para cubrir a TAPI los costos, daños, perjuicios y otros montos que fueren necesarios para afrontar las situaciones de riesgo mencionadas en esta cláusula. De ser necesario, TAPI mantendrá dichas Reservas durante toda la vigencia de los presentes TyC e inclusive posteriormente si los potenciales pasivos persisten, y estará facultado para deducir, descontar o compensar de las Reservas cualquier cantidad que el Cliente adeude a TAPI y que se encuentre vencida o por vencer derivada de los presentes TyC y los Anexos. TAPI tendrá derecho a aumentar los montos de las Reservas en caso de considerarse necesario para garantizar, a suficiencia, cualquiera de los riesgos para TAPI aquí mencionados.
- Modificar el plazo de Liquidación.
- Modificar el monto de la Comisión, o bien, los procedimientos de autorizaciones para la aceptación de Pagos.
- Suspender total o parcialmente el acceso a la Plataforma y/o los Servicios, pudiendo limitar o restringir cualquier funcionalidad, incluído el servicio de aceptación de Pagos, según considere necesario.
- Previo requerimiento de TAPI, proporcionar la información, documentación, reportes financieros y/u operativos necesarios para determinar, en su caso, qué medidas de protección se deben tomar, incluyendo la reversión de las medidas de protección tomadas.
- Solicitar al Cliente y/o a diversos terceros información acerca del historial o comportamiento crediticio del Cliente.
- Llevar a cabo una auditoría del negocio del Cliente en términos de la cláusula 4.1.
- De corresponder, implementar diversos mecanismos de monitoreo en el uso de la API por parte del Cliente, reservándose el derecho unilateral de desconocer, bloquear o, en su caso, rechazar las solicitudes consideradas sospechosas o que no correspondan al comportamiento habitual o al perfil conocido del Cliente o que no cumplan con las especificaciones técnicas de TAPI, sin que ello genere una responsabilidad para TAPI en favor del Cliente.
11. CONDICIONES DE USO Y FUNCIONALIDADES
11.A. CONDICIONES DE USO Y FUNCIONALIDAD DE LA PLATAFORMA
11.A.1. REGISTRACIÓN
11.A.1.1. Identificación del Cliente.
Para poder hacer uso de la Plataforma, el Cliente deberá seguir el proceso de Registración, para lo cual TAPI le podrá requerir la siguiente información y documentación de identificación:
Personas morales | Personas físicas con actividad empresarial |
---|---|
|
|
11.A.1.2. Veracidad de la información y documentación.
Para los efectos del numeral anterior, el Cliente se obliga a presentar exclusivamente información y documentación que sea verdadera, fehaciente, comprobable, completa, legible y precisa.
11.A.1.3. Solicitudes adicionales.
En caso de que la información y/o documentos proporcionados por el Cliente contengan errores o sean ilegibles, TAPI podrá solicitar que se proporcionen nuevamente con las aclaraciones que resulten necesarias, o bien, se proporcionen otros documentos en su lugar.
11.A.1.4. Terminación del proceso de Registración.
En caso de que el Cliente no proporcione la totalidad de la información y documentación requerida a satisfacción de TAPI, o bien, se tuvieren sospechas sobre la veracidad, integridad o legalidad de los mismos, TAPI se reservará el derecho de suspender e, inclusive, terminar el proceso de Registración y, por tanto negar la prestación de los Servicios, sin responsabilidad alguna para TAPI.
11.A.2. CREDENCIALES DE ACCESO A LA PLATAFORMA
11.A.2.1. Asignación de las Credenciales de Acceso a la Plataforma.
Concluido el proceso de Registración, TAPI asignará a la Cuenta TAPI del Cliente las primeras Credenciales de Acceso a la Plataforma específicas, mismas que deberán ser utilizadas por el Cliente para iniciar sesión en la Plataforma por primera vez y para cambiar inmediatamente su Contraseña por una nueva que reúna los requisitos de seguridad de la Plataforma. A partir de este momento, TAPI cesará su intervención y conocimiento sobre el contenido, llaves digitales y demás mecanismos de acceso y/o autenticación en la Plataforma.
11.A.2.2. Accesos no autorizados.
En caso de que el Cliente sospeche de cualquier uso no autorizado de la Cuenta TAPI de su titularidad, deberá informar inmediatamente a TAPI para que éste proceda a realizar el bloqueo de las Credenciales de Acceso a la Plataforma correspondientes, y en su caso iniciar las investigaciones conducentes.
11.A.2.3. Responsabilidad en el manejo de Credenciales de Acceso a la Plataforma.
TAPI no será responsable si el Cliente sufre cualquier daño o pérdida por la falta de control, cuidado o debida custodia de sus Credenciales de Acceso a la Plataforma. Tampoco será responsable si el Cliente se demora en notificar cualquier sospecha y/o conocimiento de accesos no autorizados o uso indebido de las Credenciales de Acceso a la Plataforma.
11.A.2.4. No acceso por parte de TAPI.
TAPI, sus accionistas, directivos, funcionarios, empleados, operarios y cualquier persona asociada a ésta, carecen de acceso y no tendrán conocimiento de las Credenciales de Acceso a la Plataforma del Cliente, toda vez que las mismas se resguardan bajo métodos seguros de encriptado. Por lo tanto, TAPI en ningún momento será responsable de su uso, asignación, custodia o divulgación.
11.A.2.5. Bloqueo y restablecimiento de Credenciales de Acceso.
Las Credenciales de Acceso a la Plataforma podrán bloquearse por motivos de seguridad en caso de que se digite alguna de las Credenciales de Acceso a la Plataforma de forma errónea más de 3 (tres) ocasiones de manera consecutiva, o bien se reporte un mal uso o incidente por parte del Cliente. Para su restablecimiento, el Cliente deberá comunicarse con TAPI a través de los canales habilitados en la Plataforma a efecto de recibir orientación sobre los pasos a seguir.
11.A.3. ADMINISTRADOR
11.A.3.1. Designación.
Durante la Registración, le será solicitado al Cliente que identifique y designe al Administrador que estará encargado de la operación de la Cuenta TAPI, y quien tendrá todos los permisos y privilegios asociados a aquella. El Cliente únicamente podrá designar a un Administrador, y deberá estar legalmente facultado para (i) actuar a nombre y por cuenta del Cliente, y (ii) para delegar y revocar permisos o privilegios a las Personas Autorizadas.
11.A.3.2. Credenciales de Acceso a la Plataforma.
El Administrador contará con acceso a las Credenciales de Acceso a la Plataforma para acceder a la Cuenta TAPI del Cliente, mismas que deberán ser resguardadas y custodiadas de conformidad con estos TyC.
11.A.3.3. Sustitución.
En caso de desear sustituir al Administrador, el Cliente deberá informar a TAPI con 15 (quince) días hábiles de anticipación a la fecha en que pretenda que dicho cambio surta efecto, y deberá comunicarlo a través de un representante legal que acredite contar las facultades necesarias, a través del canal y/o medio de comunicación establecido por TAPI para tal efecto.
11.A.3.4. Responsabilidad del Cliente.
El Cliente asumirá total responsabilidad por todo acto realizado por el Administrador, así como por el uso indebido, pérdida y/o acceso no autorizado a sus Credenciales de Acceso a la Plataforma.
11.A.4. PERSONAS AUTORIZADAS
11.A.4.1. Designación.
El Cliente podrá, siguiendo sus políticas internas en materia de seguridad de la información y resguardo de información sensible, designar Personas Autorizadas bajo su responsabilidad. Para todos los efectos, se considerará que las Personas Autorizadas actúan a nombre y por cuenta del Cliente, pudiendo aquellas válidamente realizar las consultas, la carga de Cuentas por Cobrar, Operaciones y/o utilizar las funcionalidades de la Plataforma que los privilegios otorgados por el Administrador les permitan.
11.A.4.2. Credenciales de Acceso a la Plataforma.
Las Personas Autorizadas utilizarán las Credenciales de Acceso a la Plataforma de la Cuenta TAPI del Cliente, y serán igualmente responsables por su debido tratamiento y resguardo.
11.A.4.3. Número de Personas Autorizadas.
El Cliente podrá designar tantas Personas Autorizadas como su operación lo requiera y asignar, conforme a sus políticas internas, a cada una de ellas los privilegios, permisos, restricciones y las limitaciones de operación que desee. TAPI se reserva el derecho de exigir que se limite el número de Personas Autorizadas en los casos en que detecte comportamientos sospechosos y/o usos indebidos de la Cuenta TAPI.
11.A.4.4. Revocación de privilegios.
El Cliente será responsable de la revocación de permisos y/o privilegios de acceso a las Credenciales de Acceso a la Plataforma, y en caso de requerirse, será responsable de solicitar oportunamente el cambio, renovación y/o sustitución de las Credenciales de Acceso a la Plataforma a efecto de evitar accesos no autorizados y/o indebidos de la Cuenta TAPI.
11.A.4.5. Responsabilidad del Cliente.
La designación de Personas Autorizadas se realiza bajo el riesgo y responsabilidad del Cliente, por lo que a éste corresponde que las Credenciales de Acceso a la Plataforma se mantengan debidamente resguardadas. Asimismo, recaerá exclusivamente sobre el Cliente la responsabilidad que derive del uso indebido de la Cuenta TAPI por parte de las Personas Autorizadas, así como por las operaciones realizadas por las mismas. El Cliente mantendrá indemne a TAPI de cualquier daño, perjuicio y/o sanción que pudiera causarse con motivo de o resultar del uso o resguardo indebido de las Credenciales de Acceso a la Plataforma.
11.A.5. OPERACIÓN DE LA PLATAFORMA
11.A.5.1. Funcionalidades.
La Cuenta TAPI permitirá al Cliente interactuar con la Plataforma, y hacer uso de las diversas funcionalidades puestas a su disposición, pudiendo configurar preferencias, girar instrucciones mediante paneles de control, así como de manera enunciativa más no limitativa, realizar las siguientes acciones:
- Cargar y/o enviar a TAPI las Cuentas por Cobrar de los Pagadores.
- Habilitar o deshabilitar los distintos Medios de Cobro que serán puestos a disposición de los Pagadores.
- Habilitar o deshabilitar el servicio de envío de solicitudes y recordatorios de Pago a los Pagadores.
- Crear, modificar o eliminar campañas personalizadas para contactar y/o enviar comunicaciones a los Pagadores con Cuentas por Cobrar pendientes de Pago.
- Habilitar o deshabilitar el servicio de notificaciones.
- Consultar el detalle de los Pagos realizados por los Pagadores, así como el estado de los Pagos procesados a nombre y por cuenta del Cliente.
- Consultar el monto que TAPI tenga por liquidar en favor del Cliente, así como el balance de la Cuenta TAPI.
- Crear un directorio de contactos.
- Solicitar el cierre de la Cuenta TAPI y la terminación de los Servicios.
- Las demás que se desprendan de los presentes TyC y los Anexos.
11.A.5.2. Portal de Pagos.
Como parte de los Servicios, TAPI mantendrá y pondrá a disposición de los Pagadores el Portal de Pagos, el cual permitirá a los Pagadores llevar a cabo lo siguiente:
- Consultar las Cuentas por Cobrar registradas a su nombre, así como sus respectivas fechas de exigibilidad y/o vencimiento.
- Seleccionar las Cuentas por Cobrar que deseen pagar y elegir el Medio de Cobro para realizar el Pago respectivo.
- Ingresar los datos necesarios para solicitar una autorización de Pago en términos del Anexo de Cobro con Tarjetas, y/o generar instrucciones de Pago en términos del Anexo de Cobro con Otros Medios.
- Consultar el estado de los Pagos realizados y los comprobantes de operación asociados a los mismos.
11.A.5.3. Modificaciones.
TAPI se reserva el derecho unilateral, sin previa notificación, de modificar, suspender, adicionar, mejorar o deprecar, tanto la operación de la Plataforma, como de los Servicios y funcionalidades ofrecidas a través de la misma. El Cliente reconoce que ello podría afectar la operación de su Cuenta TAPI, y acepta que TAPI podrá ejercer este derecho sin responsabilidad alguna a su cargo.
11.A.5.4. Limitaciones al saldo y/o balance de fondos por liquidar.
El Cliente reconoce que los fondos por liquidar que se encuentren bajo resguardo de TAPI en términos de la cláusula 12.1. y las Reservas, se mostrarán en la Cuenta TAPI exclusivamente para fines informativos, de modo que no podrán ser utilizados de ninguna manera por el Cliente sino hasta en tanto sean transferidos a sus Cuentas de Liquidación. Para mayor claridad, se establece que el Cliente NO podrá (i) instruir transferencias, (ii) disponer de los fondos, (iii) retirar los fondos, (iv) convertir los fondos en dinero en efectivo, o (v) utilizarlos, de cualquier modo, para extinguir el pago de obligaciones con terceros.
11.A.5.5. Enlaces o referencias a sitios web de terceros.
El Cliente reconoce que la Plataforma puede contener enlaces o referencias a sitios web de terceros, mismos que se proporcionarán únicamente para fines informativos y de conveniencia. Ninguna información, material o contenido de dichos terceros que esté referenciado, incluido o vinculado desde la Plataforma constituye una recomendación, promoción, apoyo o aprobación de los productos, servicios o información de los terceros. Toda la información, datos, opiniones, recomendaciones, productos o servicios que proporcionen estas terceras partes, bien mediante enlaces a otros sitios web, o bien directamente a través de sus sitios web, pertenecen únicamente a esas terceras partes y no a TAPI. El uso que el Cliente haga de los sitios web de terceros está sujeto a los términos de uso y a las políticas de privacidad de dichos sitios web.
11.B. CONDICIONES DE USO Y FUNCIONALIDAD DE LA API
11.B.1. AMBIENTE DE PRUEBAS E INTEGRACIÓN A LA API
11.B.1.1. Asignación de las Credenciales de Acceso a la API para ambientes de pruebas.
Cuando corresponda, TAPI compartirá con el Cliente las Credenciales de Acceso a la API para ambientes de pruebas, a los fines de que el Cliente pueda probar la API y comenzar el proceso de integración a la misma.
11.B.1.2. Homologación.
Una vez que el Cliente finalice el proceso de integración indicado en la sección precedente, TAPI homologará la conexión vía API del Cliente de acuerdo con los estándares de seguridad definidos por TAPI, mediante un proceso de validación y verificación de que la integración a la API funciona correctamente y que la información se comparte de forma precisa, segura y eficiente entre ambos sistemas.
11.B.2. CREDENCIALES DE ACCESO A LA API
11.B.2.1. Asignación de las Credenciales de Acceso a la API.
Concluido el proceso de integración y luego de que TAPI homologue la conexión, TAPI compartirá al Administrador las Credenciales de Acceso a la API para ambientes de producción, mismas que deberán ser utilizadas por el Cliente para compartir la información asociada a las Cuentas por Cobrar. Las Credenciales de Acceso a la API se compartirán con el Administrador a través de un sistema seguro designado por TAPI, mediante el cual el Administrador podrá consultar la información únicamente en una oportunidad.
11.B.2.2. Accesos no autorizados.
En caso de que el Cliente sospeche de cualquier uso no autorizado de la Cuenta TAPI de su titularidad, deberá informar inmediatamente a TAPI para que éste proceda a realizar el bloqueo de las Credenciales de Acceso a la Plataforma correspondientes, y en su caso iniciar las investigaciones conducentes.
11.B.2.3. Responsabilidad en el manejo de Credenciales de Acceso a la API.
TAPI no será responsable si el Cliente sufre cualquier daño o pérdida por la falta de control, cuidado o debida custodia de sus Credenciales de Acceso a la API. Tampoco será responsable si el Cliente se demora en notificar cualquier sospecha y/o conocimiento de accesos no autorizados o uso indebido de las Credenciales de Acceso a la API.
11.B.2.4. Bloqueo de Credenciales de Acceso a la API.
Las Credenciales de Acceso a la API podrán bloquearse por motivos de seguridad en caso de que TAPI identifique o bien que el Cliente reporte un mal uso o incidente de la API. Una vez resuelta la incidencia de que se trate, TAPI entregará nuevas Credenciales de Acceso a la API al Cliente.
11.B.3. OPERACIÓN DE LA API
11.B.3.1. Funcionalidades.
El Cliente utilizará la API para realizar las siguientes acciones:
- Cargar, modificar o eliminar las Cuentas por Cobrar de los Pagadores, las cuales se verán reflejadas en la Plataforma.
- Consultar el detalle de los Pagos realizados por los Pagadores, así como el estado de los Pagos procesados a nombre y por cuenta del Cliente.
11.B.3.2. Archivo de Conciliación.
El Cliente podrá solicitar por correo electrónico a TAPI el envío del archivo de conciliación, el cual TAPI compartirá con el Cliente vía API en un archivo SFTP.
12. MEDIDAS PRUDENCIALES
12.1. ADMINISTRACIÓN Y MANEJO DE FONDOS
12.1.1. Cuentas Concentradoras.
TAPI mantendrá y resguardará los fondos que reciba con motivo de la ejecución de la Comisión Mercantil en las Cuentas Concentradoras, hasta en tanto dichos fondos sean liquidados a la Cuenta de Liquidación del Cliente. Las Cuentas Concentradoras se mantendrán en instituciones financieras que (i) hayan sido debidamente autorizadas por la autoridad competente para recibir depósitos y/o captar recursos del público en México, y (ii) reúnan con los estándares mínimos de calidad, seguridad, resiliencia y viabilidad requeridos por TAPI.
12.1.2. Identificación de los recursos.
Asimismo, TAPI cuenta con mecanismos y registros que le permitirán identificar los fondos que corresponderá liquidar al Cliente dentro de las Cuentas Concentradoras, o bien, los que se hubieren destinado a las Reservas del Cliente.
12.1.3. Segregación de cuentas.
TAPI cuenta con una política de segregación de cuentas, por lo que los recursos que se consideren propiedad de TAPI, es decir, que no deban ser liquidados o que no correspondan a los Clientes, se mantendrán en cuentas de titularidad de TAPI distintas a las Cuentas Concentradoras.
12.2. INVERSIONES
12.2.1. Autorización del Cliente.
El Cliente reconoce y autoriza expresamente a TAPI para realizar inversiones con los fondos que se encuentren disponibles en las Cuentas Concentradoras, mismas que se realizarán a título propio y no en nombre del Cliente.
12.2.2. Calidad de las inversiones.
Las inversiones a que se refiere el párrafo anterior serán realizadas en instrumentos financieros de corto plazo y alta liquidez que, a juicio de TAPI, se consideren de bajo riesgo. Únicamente serán elegibles para realizar inversiones aquellos instrumentos financieros que sean emitidos y comercializados de conformidad con la legislación aplicable.
12.2.3. Montos a la vista.
TAPI contará con mecanismos que le permitan estimar el monto de los recursos que, de momento a momento, deberá mantener a la vista en las Cuentas Concentradoras a efecto de cumplir con los plazos de Liquidación establecidos en el Anexo de Liquidación.
12.2.4. Recuperación de fondos invertidos.
En función de los montos estimados conforme al numeral anterior, TAPI recuperará los recursos invertidos en los montos y momentos que resulte necesario para disponer de la liquidez a la vista que las obligaciones de Liquidación demanden.
12.2.5. Propiedad de los rendimientos.
El Cliente reconoce y acepta que la totalidad de los rendimientos que produzcan las inversiones realizadas conforme a esta cláusula serán propiedad de TAPI y no tendrá derecho al pago de rendimiento alguno en función de los recursos invertidos.
13. MEDIDAS DE TRANSPARENCIA
13.1. DETALLE DE OPERACIONES
13.1.1. Historial de Transacciones.
Las Operaciones que realice y/o Pagos que reciba el Cliente mediante la Plataforma se registrarán con un código único de transacción y quedarán disponibles para su consulta en el apartado de la Plataforma denominado "Historial de Transacciones". En dicho apartado, el Cliente podrá consultar un listado detallado de cada Pago recibido a través de los Medios de Cobro, con información de hasta 6 (seis) meses de antigüedad.
13.1.2. Datos registrados.
En dicho apartado, el Cliente podrá observar el número único identificatorio, la fecha, hora y monto de la Operación, así como el nombre del Pagador, el número de identificación del Cliente, el Medio de Cobro utilizado y las Comisiones y/o cargos cobrados por TAPI respecto de la Operación.
13.2. ESTADO DE MOVIMIENTOS
13.2.1. Envío de estado de movimientos.
Al final de cada mes, se enviará al correo electrónico que el Cliente hubiera designado en la Plataforma, un estado de movimientos que consolidará todos los Pagos recibidos durante el período respectivo a través de los Medios de Cobro. El estado de movimientos correspondiente a los Pagos aceptados por TAPI en términos del Anexo de Cobros con Tarjetas, reunirá los requisitos a que se refiere el Anexo 3 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las redes de medios de disposición, publicadas el 11 de marzo de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, según sean modificadas de momento a momento.
13.2.2. Solicitud de estado de movimientos.
Asimismo, el Cliente contará con la posibilidad de solicitar a TAPI la entrega de estados de movimientos correspondientes a períodos anteriores, hasta con una antigüedad de dos años. La solicitud se realizará a través del correo info@tapi.la.
13.3. INFORMACIÓN RELEVANTE
13.3.1. Publicación de información relevante.
Con el objetivo de facilitar la consulta por parte del Cliente, TAPI pondrá a disposición del Cliente la información relativa a (i) la Contraprestación vigente, (ii) los plazos de Liquidación vigentes, (iii) los Medios de Cobro soportados, y (iv) la demás información relacionada que considere, a través de la página https://www.tapipay.la/pricing. Por su parte, el Cliente podrá consultar información relativa a la Ganancia Mínima Mensual o la Tarifa de Servicios de Notificación que le resulte aplicable a través de la Plataforma.
14. PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL
14.1. DERECHOS Y PROHIBICIONES
14.1.1. Derechos sobre la propiedad industrial e intelectual.
El Cliente acepta que la Plataforma, la API, las marcas y nombres comerciales que aparecen en ella son propiedad de TAPI (sus controladoras, subsidiarias, filiales o afiliadas, respectivamente), incluyendo todos los derechos de propiedad intelectual e industrial que se deriven de o se incluyan en la misma, sin que el Cliente tenga ningún derecho a utilizarlos o a explotarlos, salvo en los términos los establecidos en los presentes TyC y los Anexos.
14.1.2. Limitación de responsabilidad de TAPI.
TAPI no será responsable de ningún tipo de daño o perjuicio que el Cliente sufra en relación a cualquier uso que realice de la propiedad industrial e intelectual de TAPI, incluyendo la Plataforma y la API, con fines personales u otros propósitos no autorizados bajo estos TyC.
14.1.3. Prohibiciones del Cliente.
El Cliente tiene prohibido copiar, modificar o reutilizar la Plataforma o la API, sus actualizaciones o parte de las mismas, incluyendo los programas informáticos que incorpore.
14.2. LICENCIA DE USO DE LA PLATAFORMA
14.2.1. Otorgamiento de licencia de uso.
TAPI otorga al Cliente una licencia no exclusiva y no transmisible de uso de la Plataforma, así como el derecho a descargar e instalar actualizaciones del Servicio, cuando y en caso de que fueran puestas a disposición del Cliente por TAPI.
14.2.2. Restricciones de la licencia de uso.
El Cliente no podrá (i) ceder, sub-licenciar, copiar, publicar ni distribuir la Plataforma y/o los Servicios; (ii) permitir que ningún tercero utilice el Servicio prestado al Cliente, salvo pacto que se trate del Administrador o las Personas Autorizadas; (iii) ceder los derechos de propiedad intelectual y/o industrial adquiridos al amparo de estos TyC, y (iv) manipular ninguna de las limitaciones técnicas de la Plataforma, ni descompilar o reconstruir de otra forma la Plataforma.
15. TERMINACIÓN DE SERVICIOS Y CIERRE DE CUENTA TAPI
15.1. TERMINACIÓN DE LOS TYC
15.1.1. Terminación por parte de TAPI.
TAPI se reserva el derecho a dar por terminados los presentes TyC y sus Anexos, sin notificación previa (si tuviere una razón para evitarla), o bien, mediante notificación por escrito en el domicilio del Cliente o al correo electrónico registrado en la Plataforma, cuando se actualice cualquiera de los siguientes supuestos:
- Existan indicios de que el Cliente podría estar utilizando la Plataforma para la realización de actos que favorezcan actividades ilícitas, use indebidamente su información, o bien, se presente o incremente la incidencia de comportamientos inusuales por parte del Cliente y/o sus Pagadores.
- El Cliente se abstenga de proporcionar la información que TAPI le requiera sobre las operaciones y/o actividades realizadas en la Plataforma, o se niegue a la realización de una auditoría.
- El Cliente se rehúsa o no atiende en el tiempo requerido las solicitudes de información y documentación adicional sobre su identidad, actividad, origen de los fondos, actividades sospechosas, o cualquier otro dato necesario para cumplir con las obligaciones de debida diligencia.
- El Cliente entrega información, documentación o datos que resulten inexactos, alterados, fraudulentos, forjados, falsos y/o erróneos ya sea al momento de la Registración, al solventar cualquier requerimiento de información de TAPI o un tercero contratado por éste, o bien, en relación con las Cuentas por Cobrar, a través de la Plataforma o la API, de corresponder.
- El Cliente omita informar a TAPI sobre el robo de su identidad en la Plataforma, así como el acceso no autorizado o el uso indebido de las Credenciales de Acceso a la Plataforma.
- El Cliente realice o se niegue a colaborar en la resolución de cualquier actividad que pueda implicar un daño de cualquier especie en perjuicio de TAPI o de terceros, incluyendo sin limitar, un daño financiero, reputacional o de cualquier otra índole.
- El Cliente o alguno de sus accionistas, representantes, empleados, usuarios, proveedores, personas relacionadas, o beneficiarios de alguna operación, aparece en alguna lista de sanciones que México deba observar con motivo de algún tratado o acuerdo internacional.
- El Cliente omita cubrir la Contraprestación o cualquier otro adeudo a TAPI, sus afiliadas o subsidiarias, de forma parcial o total, por un periodo mayor a 30 (treinta) días naturales, a partir de la fecha en que hayan sido presentadas para su cobro.
- La terminación al Cliente fuera requerida a TAPI por alguno de los participantes de las redes o sistemas de pagos que participan en el funcionamiento de los Medios de Cobro.
- Se observen cambios en el comportamiento habitual del Cliente, existan sospechas, indicios o casos de fraude, o bien, se superen ciertos límites tolerables de transacciones inusuales, según TAPI lo determine.
- El Cliente, de conformidad con lo establecido en estos TyC y los Anexos, ya sea (i) incumpla con cualquiera de las obligaciones que surjan a su cargo, o (ii) viole cualquiera de las prohibiciones que se le establezcan.
15.1.2. Terminación por parte del Cliente.
El Cliente podrá dar por terminados los presentes TyC y sus Anexos, previa notificación por escrito a TAPI, firmada por un representante legal debidamente facultado, con al menos 30 (treinta) días hábiles de anticipación en el domicilio de TAPI.
15.1.3. Cuentas Inactivas.
En el caso en que la Cuenta TAPI del Cliente (i) adquiera el carácter de Cuenta Inactiva, (ii) registre un monto por liquidar, y (iii) no se hubiere designado o exista un error en la Cuenta de Liquidación, TAPI notificará al Cliente por correo electrónico dicha situación, permitiéndole reactivar la Cuenta TAPI o cerrarla y proporcionar los datos necesarios para entregar los fondos pendientes de liquidación. Si TAPI no recibe ninguna respuesta por parte del Cliente en el plazo de 30 (treinta) días a partir de la fecha de envío, cerrará automáticamente la Cuenta TAPI, dará por terminados los TyC y sus Anexos, y los fondos quedarán sujetos al destino que determine la ley aplicable, y en su caso, prescribirán en favor de TAPI.
15.2. PROCESO DE TERMINACIÓN
15.2.1. Restricción de la Cuenta TAPI y los Servicios.
Al surtir efectos la terminación de los TyC y los Anexos, TAPI impondrá las restricciones, limitaciones y suspensiones que considere necesarias, tanto a la Cuenta TAPI, como a la Plataforma, a la API, de corresponder, y a los Servicios, efecto de que (i) no pueda ser modificada la Cuenta de Liquidación, (ii) se suspendan las actividades de aceptación de Pagos en favor del Cliente, (iii) se interrumpa todo tipo de comunicación a los Pagadores, y (iv) se implementen aquellas otras medidas que se consideren necesarias.
15.2.2. Liquidación pendiente y Reservas.
En caso de que a la fecha de terminación de los TyC y los Anexos, (i) el Cliente tuviere montos por liquidar en su favor, y/o (ii) se tuvieren Reservas constituídas en favor del Cliente, TAPI se asegurará de (a) realizar la Liquidación correspondiente en los términos del Anexo de Liquidación, y en su caso (b) liberar los montos que se tuvieren en Reserva y entregarlos al Cliente, salvo que por algún motivo y/o requerimiento de carácter legal estuviera impedido para hacerlo.
15.2.3. Adeudos del Cliente.
En caso de que a la fecha de terminación de los TyC y los Anexos, el Cliente tuviera adeudos en favor de TAPI, los mismos serán inmediatamente exigibles al momento de la terminación, pudiendo TAPI compensar y aplicar a su pago tanto los montos que estuvieren pendientes por liquidar como las Reservas que se tuvieren constituidas a favor del Cliente.
En cualquier caso, TAPI proporcionará al Cliente un comprobante fiscal de cierre que ampare los adeudos que se tengan a dicho momento, y el Cliente estará obligado a realizar el pago correspondiente dentro de los siguientes 5 (cinco) días naturales siguientes a la recepción del comprobante fiscal.
En caso de que continuaran existiendo adeudos pendientes de pago, el Cliente acepta y reconoce que TAPI podrá ejercer las acciones legales que correspondan, incluyendo el reporte de dicha situación a entidades de información crediticia y la contratación de los servicios de un despacho de cobranza para la recuperación de los montos no cubiertos.
15.2.4. Cierre de la Cuenta TAPI.
Concluidos los procesos señalados en el presente numeral 15.2., y no habiendo obligaciones pendientes de ninguna de las Partes, se procederá al cierre definitivo de la Cuenta TAPI del Cliente, situación que será notificada al Cliente por medio del último correo electrónico disponible.
15.2.5. Cesación de licencias y uso de información.
Al momento de terminación de los TyC y los Anexos se extinguirá cualquier licencia otorgada conforme a la cláusula 14, y el Cliente deberá cesar inmediatamente la utilización de la Plataforma, de la API, de corresponder, y cualquier programa informático asociado a la misma, así como la marca, el nombre comercial, el logo y cualquier otra información propiedad de TAPI, sus afiliadas, subsidiarias, personal, accionistas, representantes legales, y apoderados, entre otros.
16. PRIVACIDAD Y CONFIDENCIALIDAD
16.1. Tratamiento de datos.
El Cliente otorga su consentimiento expreso e inequívoco para el tratamiento de los todos los datos personales del Cliente, del Administrador, de las Personas Autorizadas, y de los Pagadores, en su caso, conforme a los términos y condiciones establecidos en el Aviso de Privacidad, incluyendo, pero no limitándose a la recolección, almacenamiento, uso, y posible cesión de los mismos, en los casos y bajo las condiciones permitidas por la legislación aplicable.
16.2. Pagadores que ejerzan derechos en materia de datos personales.
El Cliente acepta y reconoce, para todos los efectos, ser el responsable del tratamiento de los datos personales de los Pagadores, por lo que en caso de que alguno de los Pagadores, cuyos datos hayan sido compartidos con TAPI, ejerza frente al Cliente sus derechos de rectificación, cancelación y/o oposición respecto del tratamiento de sus datos personales, deberá notificar de inmediato a TAPI dicha situación a través del canal establecido para dicho efecto, para que TAPI realice las rectificaciones correspondientes y/o cese el tratamiento de los datos de los respectivos Pagadores. TAPI no asumirá responsabilidad alguna en caso de que el Cliente no lleve a cabo la notificación a que se refiere este numeral, la lleve a cabo de forma extemporánea o fuera de los plazos establecidos en la legislación aplicable.
17. PREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA
17.1. Consentimiento políticas TAPI.
El Cliente acepta y reconoce que las actividades desempeñadas por TAPI no actualizan el supuesto de actividad vulnerable a que se refiere la Ley Federal Para La Prevención E Identificación De Operaciones Con Recursos De Procedencia Ilícita, de modo que TAPI no está obligada a cumplir con las disposiciones legales y regulatorias que derivan de dicho ordenamiento. No obstante, con el fin de cumplir con los requerimientos de los participantes de las redes de medios de pago y/o los sistemas de pago involucrados en los Servicios, y con el objetivo de seguir las mejores prácticas del mercado en esta materia, TAPI adoptará ciertos procesos y mejores prácticas a efecto de colaborar en la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita, el financiamiento del terrorismo y garantizar el correcto desempeño de su negocio.
17.1.2. Identificación y conocimiento del Cliente.
En observancia a las mejores prácticas internacionales, a los lineamientos del Grupo de Acción Financiera Internacional y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, así como las mejores prácticas en México en materia de PLD/FT, el Cliente se compromete a proporcionar a TAPI todos los datos y documentos necesarios para la correcta identificación y conocimiento del Cliente, así como de las Operaciones realizadas a través de la Plataforma. En caso de ser necesario, y con el fin de prevenir que los Servicios sean utilizados para operaciones con recursos de procedencia ilícita, el Cliente se compromete a colaborar con TAPI proporcionando información adicional cuando así se requiera. Esto incluye, pero no se limita a datos sobre el origen y destino de los recursos utilizados, los beneficiarios finales de las Operaciones y cualquier otro documento relacionado con las Operaciones que el Cliente gestione a través de la Plataforma.
17.1.3. Suspensión y/o terminación de los Servicios.
TAPI se reserva el derecho de suspender o cancelar los Servicios sin responsabilidad alguna a su cargo cuando, durante la vigencia de los presentes TyC, considere o tenga sospecha razonable de que los recursos involucrados en las operaciones realizadas por el Cliente pudieran estar relacionados con actividades ilícitas, tales como aquellas descritas en los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal, o cuando surjan dudas sobre la veracidad, autenticidad o exactitud de los datos o documentos proporcionados por el Cliente. Igualmente, TAPI podrá suspender o cancelar los Servicios si el Cliente es señalado, con base en información pública, por haber participado directa o indirectamente en actividades relacionadas con el lavado de dinero, financiamiento al terrorismo o cualquier otra actividad ilícita que contravenga las disposiciones legales y regulatorias vigentes. El Cliente entiende y acepta que el ejercicio de este derecho por parte de TAPI se llevará a cabo con base en el compromiso que tiene con los más altos estándares de cumplimiento normativo, garantizando la transparencia en el origen y legalidad de los recursos de sus Clientes dentro del sistema financiero.
18. ANTI-SOBORNO
18.1.
Las Partes se obligan cumplir con las Leyes Anticorrupción, incluyendo pero sin limitarse a, la Ley de Prácticas de Corrupción en el Extranjero (FCPA) de los Estados Unidos, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y modificatorias de México y modificatorias, así como también cualquier otra regulación en materia de ética, antisoborno y anticorrupción, en la jurisdicciones en las que se llevan a cabo los negocios.
18.2.
El Cliente no realizará pago alguno ni llevará a cabo algún acto en virtud del presente Contrato si considera de buena fe que dicho pago o acto pudiera ser violatorio de cualquier ley anticorrupción. El Cliente no deberá, de manera directa ni indirecta, pagar, dar, ofrecer, prometer, o autorizar un pago de dinero, o de cualquier cosa de valor, o para el beneficio de cualquier persona, incluyendo pero no limitando a un Funcionario Público, con la intención de influenciar un acto o decisión de dicha persona, o causar que dicha persona realice u omita un acto en infracción de su deber bajo la ley, o causar que dicha persona influya un acto o decisión de otra persona o entidad con el fin de obtener o retener un negocio o de obtener una ventaja indebida en relación a los presentes TyC.
18.3.
A los fines de estos TyC, se entenderá como "Funcionario Público" a: (i) cualquier persona nombrada funcionario o empleado de un gobierno, departamento o dependencia federal, estatal, local, o municipal; (ii) a cualquier funcionario o empleado, de cualquier rango o nivel, de una institución, agencia o departamento gubernamental o empresa pública o controlada por el gobierno; (iii) cualquier funcionario o empleado de una organización pública internacional; (iv) cualquier persona actuando en su carácter de funcionario por o en representación de cualquier gobierno, departamento, agencia o dependencia o cualquier organización pública internacional o persona empleada por una de estas instituciones; y/o (v) cualquier partido político y sus funcionarios, así como cualquier candidato a la función pública.
18.4.
El incumplimiento de esta cláusula por parte del Cliente, en cualquiera de sus aspectos, podrá dar lugar a la extinción inmediata de los TyC con la sola notificación al Cliente y TAPI no estará obligada a realizar ningún pago al Cliente como resultado de estos TyC.
19. CIBERSEGURIDAD
19.1. Controles.
Las Partes mantendrás las medidas administrativas, técnicas y físicas necesarias para proteger los datos que estén en su posesión o bajo su control contra accesos no autorizados, pérdida accidental o modificaciones no autorizadas.
19.2. Seguridad.
TAPI se compromete a remediar todas las vulnerabilidades de seguridad identificadas por el Cliente o por terceros autorizados, conforme a su criticidad y en un plazo acordado entre ambas Partes. TAPI deberá notificar al Cliente sobre cualquier incidente de seguridad que afecte o pueda afectar la confidencialidad, integridad o disponibilidad de los datos proporcionados, en un plazo no mayor a 48 horas una vez identificado el incidente.
Al término de la vigencia de los presente TyC, TAPI deberá eliminar de forma segura toda la información y bases de datos proporcionadas por el Cliente, y deberá emitir una constancia por escrito que confirme la eliminación conforme a estándares de la industria.
19.3. Auditoría.
Si TAPI considera que ha ocurrido un compromiso de datos en la Plataforma o la API, TAPI podrá exigirle al Cliente que permita a un auditor externo aprobado por TAPI auditar la seguridad de sus sistemas e instalaciones. El Cliente deberá cooperar plenamente con todas las solicitudes de información o asistencia del auditor, siendo responsable de todos los costos y gastos asociados con dichas auditorías.
20. DISPOSICIONES MISCELÁNEAS
20.1. MODIFICACIONES
20.1.1. Servicios Adicionales.
TAPI se reserva el derecho de ofrecer Servicios Adicionales a través de la Plataforma; y a su vez, el Cliente manifiesta su consentimiento en recibirlos a través de la misma, para lo cual TAPI se encuentra facultada para actualizar el contenido y alcance de estos TyC y sus Anexos.
20.1.2. Modificaciones.
Los presentes TyC y sus Anexos podrán ser modificados en cualquier momento por TAPI, en cuyo caso, notificará los cambios al Cliente a través de correo electrónico y/o la Plataforma, a su elección. El Cliente no podrá realizar ninguna modificación a estos TyC o los Anexos, salvo que cuente con el consentimiento expreso y por escrito de TAPI, y bajo las modificaciones y cambios propuestos por TAPI.
20.1.3. Consentimiento tácito.
El acceso y uso continuado de la Plataforma, de la API, de corresponder, los Servicios, así como de cualquier Servicio Adicional o contenido facilitado en la Plataforma, será la manifestación tácita del consentimiento y aceptación del Cliente de (i) la inclusión de Servicios Adicionales, (ii) las modificaciones que en su caso se realicen a los TyC y a sus Anexos, y (iii) cualquier otro cambio realizado por TAPI a la Plataform y/o a la API, de corresponder, y/o a los Servicios, por lo que el Cliente quedará vinculado en términos de los cambios respectivos. En caso de que el Cliente no esté dispuesto a aceptar las modificaciones, deberá abstenerse de acceder a la Plataforma y/o a la API, de corresponder, y/o utilizar los Servicios.
20.1.4. Consulta.
Las versiones vigentes de los TyC y Anexos, se encontrarán publicados para consulta por parte del Cliente en https://www.tapipay.la/legalterms.
20.2. VIGENCIA
La relación jurídica creada entre el Cliente y TAPI al momento de la aceptación de los TyC y sus Anexos tendrá una vigencia indefinida. Cualquiera de las Partes podrá dar por finalizada la relación en cualquier momento en términos de la cláusula 15 de los presentes TyC.
20.3. LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD
20.3.1. Disponibilidad de la Plataforma.
El Cliente exime de responsabilidad a TAPI por las Operaciones que no puedan ser efectuadas durante el periodo que la Plataforma no esté disponible.
20.3.2. No responsabilidad frente a terceros.
El Cliente reconoce que TAPI no tendrá una relación legal, financiera ni comercial con los Pagadores, así como cualquier otro tercero con quien el Cliente se asocie y/o esté involucrado de cualquier manera, por lo que el Cliente exime de responsabilidad a TAPI por cualquier obligación, daño, perjuicio, delito, entre otros, que el Cliente ocasione y/o asuma frente a dichos terceros.
20.3.4. Aclaraciones.
El Cliente exime de responsabilidad a TAPI por las Aclaraciones que pudieran llegar a presentar o interponer los Pagadores, así como también por cualquier disputa, queja, demanda, recurso, inconformidad que los Pagadores pudieran llegar a presentar en contra del Cliente. Asimismo, el Cliente entiende y acepta que bajo ninguna circunstancia TAPI, ni sus controladoras, filiales o afiliadas, sus accionistas, directores, funcionarios, empleados, agentes, mandatarios, oficiales u otros representantes serán responsables por los daños directos e indirectos, especiales o incidentales, emergentes, punitivos o morales, incluyendo, sin limitar, cualquier pérdida de recursos, derivada de o relacionada con, el uso de o la imposibilidad para usar la Plataforma, accesos no autorizados a la API, de corresponder, a la Cuenta TAPI y/o a las Credenciales de Acceso de la Plataforma o las Credenciales de Acceso a la API, modificación de mensajes de datos (incluida la información personal), acciones u omisiones de terceros, o cualquier otra circunstancia, independientemente de que el propietario de la Plataforma hubiera sido o no advertido de la posibilidad de tales daños o las circunstancias que concurran.
20.3.5. Limitación de Responsabilidad para TAPI.
El Cliente exime de responsabilidad a TAPI por lo siguiente:
- El Cliente reconoce que será responsable por cualquier error, equivocación, uso indebido, fraude, malversación, sean intencionales o no intencionales, en relación con la Plataforma o de la API de forma incompatible con los presentes TyC, aceptando asumir cualquier pérdida, daño y/o perjuicio que pudiera originarse con motivo de ello.
- Dado que TAPI implementa medidas de seguridad razonables y conforme a los estándares de la industria, éste no se responsabiliza en modo alguno por cualquier daño y/o perjuicio que el Cliente pudiera sufrir como consecuencia de accesos no autorizados a la API o a la Plataforma o a cualquier otro servidor de TAPI, ya sea por la vulneración y/o insuficiencia de sus i medidas antifraude o de seguridad de datos o por cualquier error, virus u otro daño que se pudiera transmitir a través de ellas en ocasión de la prestación de los Servicios.
20.4. INDEMNIZACIÓN
El Cliente acepta indemnizar y sacar en paz y a salvo a TAPI, así como a sus controladoras, accionistas, consejeros, directivos, empleados, agentes, oficiales u otros representantes, de cualquier sanción, reclamación, daño, perjuicio, indemnización o contingencia en general, incluyendo, sin limitar, hacerse cargo y costear todos los honorarios, gastos y costas judiciales o extrajudiciales en que pudiera incurrir TAPI, derivado de o relacionado con (i) el incumplimiento del Cliente a estos TyC y sus Anexos, (ii) el uso de la Plataforma, de la API, de corresponder, y los Servicios por parte del Cliente, (iii) cualquier sanción, denuncia, multa, procedimiento administrativo y/o judicial, interés, comisión, entre otros, que se iniciaran o impusieran a TAPI con motivo de las Operaciones y/o actividades realizadas por el Cliente mediante el uso de los Servicios, la Plataforma o la API, de corresponder, y (iv) cualquier reclamación de terceros, incluídos los Pagadores.
En caso de cualquier contingencia, el Cliente se obliga a notificar inmediatamente a TAPI sobre cualquier demanda, denuncia, querella, notificación, interpelación o requerimiento que relacione directa o indirectamente a TAPI, sus controladoras, accionistas, consejeros, directivos, empleados, agentes, oficiales u otros representantes.
20.5. OBLIGACIONES FISCALES Y LABORALES
20.5.1. Independencia obligaciones fiscales.
El Cliente y TAPI serán individual e independientemente responsables del cumplimiento de sus respectivas obligaciones fiscales, así como del entero de los impuestos, contribuciones y/o retenciones que, en su caso, sean causadas por virtud del uso de la Plataforma, de la API, de corresponder, y los Servicios, en los términos de las leyes aplicables en la materia. Ninguna de las Partes será considerada como obligada solidaria o subsidiaria respecto de la otra parte en lo que se refiere a dichas obligaciones de carácter fiscal.
Asimismo, el Cliente reconoce y acepta que será el único responsable de la retención, traslado, pago y entero de los impuestos y contribuciones que se causen con motivo de los actos legales y/o actividades comerciales que celebre con los Pagadores. Por su parte, TAPI recibirá los fondos que deriven de la aceptación de Pagos exclusivamente en su carácter de comisionista mercantil, quedando obligado a entregar los mismos al Cliente, de modo que dichos fondos no serán considerados ingresos de TAPI, ni se considerará por dicho motivo que TAPI adquiere una relación y/u obligación frente a los Pagadores.
20.5.2. Independencia laboral.
Las Partes reconocen y aceptan que, en virtud de los presentes TyC y sus Anexos, no existe ni existirá relación laboral alguna entre TAPI y los empleados, oficiales, contratistas u otros colaboradores del Cliente, ni viceversa, incluso por virtud de la Comisión Mercantil establecida en el presente acuerdo. Cada una de las Partes actuará en su propio nombre y en calidad de entidad independiente, por lo que TAPI y el Cliente no serán responsables, directa o indirectamente, por las obligaciones laborales, fiscales, sociales, de seguridad social o cualquier otra de naturaleza similar que correspondan a la otra Parte en relación con sus respectivos empleados, oficiales, contratistas u otros colaboradores. Cada Parte se compromete a asumir plena responsabilidad y a cumplir con todas las obligaciones que le correspondan frente a sus propios empleados, sin que esto implique responsabilidad alguna para la otra Parte, incluso en caso de que dichos empleados, oficiales, contratistas u otros colaboradores trabajen de manera conjunta en actividades relacionadas con la ejecución de los presentes TyC.
20.6. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
En aquellos casos en que el Cliente o TAPI presenten cualquier retraso o incumplimiento de las obligaciones adquiridas de conformidad con los presentes TyC y sus Anexos, y dicho retraso o incumplimiento fueran originados directamente por un evento de caso fortuito o fuerza mayor, no se considerará que TAPI o el Cliente, en su caso, son responsables del retraso o incumplimiento. Para los efectos de estos TyC, se entenderá que los eventos de caso fortuito o fuerza mayor comprenden exclusivamente aquellos que se presenten o se ocasionen a consecuencia de incendios, explosiones, tornados, inundaciones, terremotos, actividad volcánica, epidemias, daños en los medios de comunicación, disturbios civiles, guerras, o cualquier otro evento que esté fuera del alcance y control de la Parte que invoque el caso fortuito o fuerza mayor, siempre y cuando cualquiera de dichos eventos haga imposible el cumplimiento de las respectivas la Parte incumplida. No obstante que los eventos de caso fortuito o fuerza mayor se limitan a los eventos expresamente mencionados en este párrafo, las Partes reconocen expresamente que las huelgas laborales, los embargos y/o cualquier suspensión de labores derivada de algún procedimiento judicial o administrativo, no serán considerados como eventos de caso fortuito o fuerza mayor.
La Parte que llegue a ser afectada por un evento de caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificarlo a la otra parte dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas naturales posteriores a dicho evento, y deberá informar, en su caso, las razones por las que considera que está impedida para cumplir con sus obligaciones bajo los presentes TyC y sus Anexos a consecuencia directa del evento de caso fortuito o fuerza mayor.
20.7. NO RENUNCIA Y NO PRECEDENTES
20.7.1. No renuncia.
El hecho de que TAPI no ejerza, o demore en ejercer, cualquier derecho, facultad o privilegio que le confieren estos TyC, o la ley aplicable, no se interpretará como una renuncia a dicho derecho, facultad o privilegio, ni impedirá su ejercicio posterior o futuro. De igual forma, el ejercicio único o parcial de cualquier derecho, facultad o privilegio no impedirá el ejercicio posterior o futuro de este o cualquier otro derecho, facultad o privilegio.
20.7.2. No constitución de precedentes.
En caso de que TAPI decida, y lo manifieste por escrito expresamente, de manera excepcional y por su exclusiva voluntad, cubrir un gasto del Cliente, descontar total o parcialmente la Contraprestación, asumir alguna obligación por cuenta del Cliente o relevar al Cliente del cumplimiento total o parcial de cualquier obligación surgida a partir de estos TyC y/ sus Anexos, esta acción no se interpretará como una modificación, novación o sustitución a los TyC y los Anexos, ni tampoco un cambio sobre las obligaciones contractuales originales del Cliente. Asimismo, dicha acción excepcional no establecerá un precedente ni creará una expectativa de que TAPI deba repetirla y/o adoptarla nuevamente en el futuro. El Cliente reconoce y acepta que cada instancia de este tipo será considerada de forma independiente y no generará derechos u obligaciones adicionales más allá de lo expresamente estipulado en estos TyC.
20.8. DOMICILIOS
20.8.1. Domicilio del Cliente.
Para todo lo relacionado con el cumplimiento y exigibilidad de estos TyC y sus Anexos, el Cliente señala como su domicilio el último que hubiere registrado y comprobado válidamente en la Plataforma.
20.8.2. Domicilio de TAPI.
TAPI señala como su domicilio para todos los efectos el siguiente:
Avenida Dr. José María Vertiz 982, Oficina 06, Colonia de Narvarte Poniente, Municipio de Benito Juárez, Ciudad de México.
Correo electrónico: legal@tapi.la
20.9. CONSENTIMIENTO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS
El Cliente manifiesta su consentimiento para celebrar y obligarse de conformidad con estos TyC y sus Anexos por medios electrónicos, para lo cual, mediante el uso de una Firma Electrónica que le identifique para el uso de la Plataforma, firma y aprueba irrepudiablemente el presente documento, produciendo los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, siendo admisible dicha firma como prueba fehaciente de la aceptación de estos TyC y sus Anexos, para todos los efectos legales conducentes.
20.10. ORDEN DE PRELACIÓN
Los Anexos complementan y desarrollan los presentes TyC, estableciendo los primeros, entre otros aspectos, los requisitos, costos, plazos, procedimientos y demás particularidades propias de cada Medio de Cobro. En caso de conflicto entre lo dispuesto en los presentes TyC y los Anexos, prevalecerá lo establecido en estos últimos respecto de cada disposición particular.
20.11. DIVISIBILIDAD
En caso de que cualquier disposición de los presentes TyC, sus Anexos, o la aplicación de la misma, por cualquier motivo sea considerada por un tribunal competente como inválida o inejecutable, dicha disposición deberá ser modificada o interpretada por dicho tribunal de manera que refleje la intención de las Partes y las Partes deberán reemplazar cualquier disposición declarada inválida o inejecutable por una disposición o disposiciones válidas y ejecutables. Todas las demás disposiciones de los presentes TyC y los Anexos se mantendrán en pleno vigor y efecto.
20.12. ACUERDO TOTAL
Estos TyC y los Anexos constituyen el acuerdo integral y entendimiento final entre las Partes respecto de los Servicios a ser prestados por TAPI al Cliente.
20.13. NOTIFICACIONES
Para cualquier notificación que deba hacer TAPI al Cliente conforme a estos TyC y los Anexos, el Cliente designa (i) la cuenta de correo electrónico que se encuentre registrada en la Cuenta TAPI, y/o (ii) el medio de comunicación que se establezca por medio de la Plataforma. TAPI podrá elegir cualquiera de éstos para realizar la notificación respectiva.
Cualquier notificación que el Cliente deba realizar a TAPI conforme a los presentes TyC, deberá realizarse mediante correo certificado con acuse de recibo a la dirección de su domicilio señalada en el presente. No obstante, el Cliente podrá realizar notificaciones a TAPI vía correo electrónico a la siguiente dirección legal@tapi.la, en el entendido que las notificaciones vía correo electrónico no se considerarán notificaciones oficiales.
20.14. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución de las obligaciones de TAPI y el Cliente bajo estos TyC y los Anexos, señalan conjuntamente y se someten expresa e irrevocablemente a la legislación aplicable vigente en México y a la jurisdicción de los tribunales federales competentes con sede en la Ciudad de México, renunciando de manera expresa e irrevocable a cualquier otro fuero que, por razón de su domicilio, presente o futuro, o por cualquier otra causa, pudiera corresponderles.
Leído y firmado, en la Ciudad de México, a los [**] días del mes de [**] de 2025.
TAPI
Por: Tomás Mindlin
Su: Representante legal
Cliente
Nombre:
[En caso de ser Persona Moral: Su [Representante legal/Apoderado]
ANEXO DE COBRO CON OTROS MEDIOS
El presente Anexo, que forma parte integrante de los TyC de Plataforma (en adelante el "Anexo de Cobro con Otros Medios" o, de manera indistinta), gobierna los Servicios de uso y funcionamiento de la Plataforma en lo que refiere específicamente a la Aceptación de Pagos realizados vía Transferencias Electrónicas y Efectivo, por parte de los Pagadores. Financieras y Efectivo, por parte de los Pagadores. Financieras y Efectivo, por lo cual, el contenido de éste, el Cliente declara que (i) ha aceptado y está de acuerdo con los TyC de Plataforma, (ii) realizar las mismas declaraciones que aquellas realizadas con la aceptación de los TyC de Plataforma, (iii) ha leído, comprendido y aceptado íntegramente el Anexo de Cobro con Otros Medios, (iv) no realizar ninguna de las actividades ni dedicarse a los giros comprendidos en el Anexo 3 de Giros Restringidos o Prohibidos, salvo contando con la autorización expresa de TAPI, y (v) es su deseo obligarse en sus términos y a regirse de conformidad con lo aquí establecido. Por su parte, TAPI realizas las mismas declaraciones que aquellas contenidas en los TyC de Plataforma.
Asimismo, las Partes reconocen y aceptan (i) que el presente Anexo forma parte de los TyC de Plataforma y del acuerdo total y válido suscrito por las Partes, (ii) que todo lo no previsto en el presente respecto de los Servicios vía la Plataforma, se regirá en términos de los TyC de Plataforma, y (iii) obligarse de conformidad con las siguientes cláusulas:
1. Definiciones.
Los términos que se utilicen en el presente Anexo que se escriban con mayúscula, tendrán el significado que se les atribuye en las definiciones listadas a continuación, en el entendido de que dichas definiciones aplicarán para el género masculino o femenino, e independientemente de que los mismos se usen en singular o plural. En el caso de términos que se escriban con mayúscula, pero que no se encuentren en el siguiente listado, se entenderá que tienen el significado que se les atribuye en la cláusula 2. de los TyC de Plataforma.
Término | Significado |
---|---|
"Aceptación" | Se refiere al servicio por virtud del cual TAPI lleva a cabo (i) la emisión y entrega a los Pagadores por cuenta del Cliente en caso de Pagos mediante Apps Financieras y Efectivo, así como la entrega de una Cuenta CLABE Beneficiaria para el caso de Pagos mediante Transferencias Electrónicas; y (ii) el procesamiento y recepción de los Pagos a través de los distintos Aliados de la Red TAPI; (ii) la recolección de los fondos de los Pagadores, de acuerdo con lo establecido por parte de la SPEI de los Pagadores; y (iv) la Liquidación al Cliente del importe de los Pagos con Otros Medios de Cobro; y que hubieran sido liquidados a TAPI. |
"Aliados" | Se refiere a aquellos terceros con los cuales TAPI ha suscrito contratos de prestación de servicios y/o convenios de colaboración, a efecto de facilitar la habilitación de los Otros Medios de Cobro al Cliente. En el contexto de cobros mediante Apps Financieras, se entenderá que comprenden a los desarrolladores, propietarios y operadores de los aplicativos móviles respectivos, mientras que en el contexto de los cobros en Efectivo, se entenderá que comprenden a las cadenas de autoservicios, supermercados, farmacias, sucursales o kioskos bancarios y tiendas de abarrotes, entre otros, que mantienen los Puntos Físicos, así como a los distintos intermediarios que intervienen en la facilitación de los cobros en Efectivo. |
"Apps Financieras" | Se refiere a aquellos aplicativos móviles (aplicaciones y/o apps) desarrollados y mantenidos individualmente por cada uno de por los Aliados, y que permiten a los Pagadores de los recursos; así como la disponibilidad de disponer de sus recursos, ya sea mediante el débito directo de su dinero a sus cuentas de depósito o de fondos de pago electrónico, o bien, a cualquier otro medio de disposición que tuvieren habilitado el aplicativo móvil respectivo. |
"Casos de Error" | Se refiere a aquellos casos en los que debido a fallas en las comunicaciones, cortes en el suministro eléctrico, intermitencia en los servicios de Internet, indisponibilidad temporal de servidores e infraestructura tecnológica, fallas tecnológicas o mecánicas en los Puntos de Venta, entre otros, se produzcan tiempos, interrupciones en la conexión con Aliados, transmisión de información incorrecta, incompleta o alterada en la mensajería, entre otros, que tengan por efecto la generación de anomalías, defectos o cancelación de Operaciones de Pagos en el procesamiento de Pagos. |
"Cobro en Efectivo" | Se refiere a la funcionalidad de la Plataforma que podrá ser habilitada y deshabilitada por el Cliente, y que le permitirá recibir pagos de los Pagadores en efectivo a través de los Puntos Físicos. |
"Cobro mediante App Financiera" | Se refiere a la funcionalidad de la Plataforma que podrá ser habilitada y deshabilitada por el Cliente, y que le permitirá recibir Pagos de los Pagadores a través de los distintos medios de disposición soportados por las Apps Financieras que forman parte de la Red TAPI. |
"Cobro mediante Transferencia SPEI" | Se refiere a la funcionalidad de la Plataforma que podrá ser habilitada y deshabilitada por el Cliente, y que le permitirá recibir pagos de los Pagadores a través de Transferencias SPEI. |
"Contracargo" | Se refiere al procedimiento por virtud de cual el usuario o Titular habitualmente cuestiona y/o desconoce una solicitud de autorización de Pago con Tarjeta que fue previamente autorizada, independientemente de si fue o no liquidada. |
"Cuenta CLABE Beneficiaria" | Se refiere a la CLABE asociada al Cliente que será proporcionada al Pagador a través del Portal de Pagos una vez que haya elegido Transferencias SPEI como el método a través del cual desea pagar una Cuenta por Cobrar. |
"Desconocimiento" | Se refiere a cualquier aviso de reclamación presentado por el Pagador de que se trate frente al Aliado que mantiene la App Financiera de la que es usuario, ya sea con motivo de una Transferencia SPEI o un pago mediante App Financiera realizados en favor del Cliente, cuyo cargo, el Pagador no reconozca como propio. |
"Efectivo" | Se refiere a los billetes y monedas denominadas en Pesos emitidas por el Banco de México en términos de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, y consideradas como moneda de curso legal. |
"Operador" | Se refiere a la persona física que mantiene una relación laboral con un Aliado que opera Puntos Físicos, y que es designada por éste último para operar una caja de cobro y efectuar Pagos en Efectivo a los Pagadores que acudan a realizar un Pago en Efectivo dentro de un Punto Físico. |
"Otros Medios de Cobro" | Se refiere, conjuntamente, al Cobro en Efectivo, Cobro mediante App Financiera y Cobro mediante Transferencias SPEI. |
"Participante SPEI" | Se refiere a cualquier institución financiera debidamente autorizada y supervisada por las autoridades financieras mexicanas, que reúnan el carácter de "Participante", o bien, de "Participante Indirecto" en términos de las fracciones XXVI y XXVII Bis., respectivamente, de la Disposición 2a. de las Reglas del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (Circular 14/2014), según sean publicadas y modificadas de momento a momento por el Banco de México. |
"Puntos Físicos" | Se refiere a los establecimientos comerciales y/o sucursales administrados u operados por Aliados, y que forman parte de la Red TAPI para efectos de la prestación del servicio de Cobro en Efectivo en favor del Cliente. El listado vigente de Puntos Físicos disponibles será el que se dé a conocer a los Pagadores a través del Portal de Pagos. |
"Punto de Venta" | Se refiere al equipo de cómputo y/o terminal punto de venta que un Aliado pone a disposición de sus Operadores, y que se encuentra habilitado para permitir la recepción, registro y procesamiento de Cobros en Efectivo. |
"Red TAPI" | Se refiere al conjunto de Aliados que pondrán a disposición de TAPI, ya sea las Apps Financieras o los Puntos Físicos, y que permitirán al Cliente realizar Cobros en Efectivo y Cobros mediante Apps Financieras. |
"Referencia" o "Referencias" | En el caso de Pagos de Cuentas por Cobrar mediante Apps Financieras, se refiere al dato numérico o alfanumérico que (i) será generado por el Cliente en relación con la Cuenta por Pagar, (ii) será entregado al Pagador mediante el Portal de Pagos, y (iii) deberá ser indicado por el Pagador en la solicitud de Pago al Onsite que presente a través de la App Financiera. En el caso de Pagos de Cuentas por Cobrar mediante Efectivo, se refiere al dato numérico y/o código de barras que: (i) será generado por TAPI y/o sus Aliados en relación con la Cuenta por Pagar, (ii) será entregado al Pagador mediante el Portal de Pagos, y (iii) deberá ser proporcionado por el Pagador en la solicitud de Pago al Cliente que presente en el Punto Físico de su elección. |
"Transferencia SPEI" | Se refiere a la instrucción incondicional que un participante directo o indirecto del SPEI, por cuenta de un Pagador que indique una Cuenta CLABE Beneficiaria en dicha instrucción, envíe a otro participante directo o indirecto del SPEI, a través del SPEI, para que éste último, una vez que se cumplan las condiciones establecidas al efecto, acredite el monto en moneda nacional determinado en dicha instrucción en la Cuenta Concentradora de TAPI para su posterior Liquidación al Cliente. |
2. Objeto.
Para los efectos de este Anexo, el Cliente contrata los Servicios, específicamente en lo referente a la Aceptación de Pagos mediante Otros Medios de Cobro, obligándose a entregar la Contraprestación de conformidad con los TyC de Plataforma y el Anexo de Comisiones, y TAPI por su parte, se obliga a brindar dichos servicios y a otorgar al Cliente acceso a la Plataforma y/o a los medios que conforme a los documentos referidos resulten necesarios.
3. Servicios de Aceptación.
3.1. Habilitación de Otros Medios de Cobro.
Como parte de las funcionalidades incluídas en la Plataforma, TAPI proporcionará al Cliente la opción de habilitar y deshabilitar la Aceptación de los Otros Medios de Cobro.
3.2. Portal de Pagos.
En caso de habilitar el servicio de Aceptación de Otros Medios de Cobro, se incluirán el Cobro en Efectivo, Cobro mediante App Financiera y Cobro mediante Transferencia SPEI como parte de los medios de Pago que los Pagadores podrán elegir en el Portal de Pagos para pagar Cuentas por Cobrar al Cliente. En caso de deshabilitación, se eliminarán dichos medios de Pago del Portal de Pagos.
3.3. Funcionamiento y flujo de los Otros Medios de Cobro.
Para pagar Cuentas por Cobrar utilizando los Otros Medios de Cobro habilitados por el Cliente, el Pagador deberá (i) seleccionar la Cuenta por Cobrar que desee pagar dentro del Portal de Pagos, y posteriormente, (ii) seleccionar alguno de los Otros Medios de Cobro habilitados por el Cliente. Una vez realizado lo anterior, el Portal de Pagos mostrará al Pagador los datos e instrucciones necesarios para realizar el Pago deseado. Las instrucciones consistirán en lo siguiente, según el Otro Medio de Cobro de que se trate:
Medio de Cobro | Flujo de pagos (instrucciones) |
---|---|
Cobro mediante App Financiera |
|
Cobro mediante Transferencias SPEI |
|
Cobro en Efectivo |
|
3.4. Notificación y seguimiento.
Posterior a la realización de los Pagos mediante los Otros Medios de Cobro, TAPI dará seguimiento al procesamiento de los mismos a través de los Aliados, cuando corresponda, y en su caso, entregará y/o notificará al Cliente de las autorizaciones de Pago, rechazos de pago, errores, Desconocimientos, Aclaraciones y ajustes ocurridos en relación con el Pago. TAPI podrá realizar dicha entrega y/o notificaciones, ya sea a través de la Plataforma, o bien, a través del medio de contacto que el Cliente hubiera designado.
3.5. Conciliación.
TAPI conciliará los Pagos realizados por los Pagadores a través de los Otros Medios de Cobro, ya sea con los Aliados que forman parte de la Red TAPI, o bien, contra las Cuentas Concentradoras en la que se reciban las Transferencias SPEI. Una vez realizada la Conciliación, podrá atribuir la realización de los Pagos respectivos al Cliente y actualizar su estatus.
3.6. Pagos exitosos.
En los casos en los que los Pagos mediante Otros Medios de Cobro sean autorizados y/o realizados de manera exitosa, TAPI (i) mostrará las aprobaciones respectivas en la Plataforma, (ii) considerará los montos aprobados para efectos de determinar el monto a liquidar al Cliente de conformidad con la cláusula 8 de los TyC de Plataforma, (iii) hará las gestiones necesarias para incluir el Pago respectivo en el proceso de Liquidación.
4. Aclaraciones y Desconocimientos.
4.1. Recepción de Aclaraciones o Desconocimientos.
En caso de recibir una Aclaración, Desconocimiento, o bien en caso de que TAPI reciba un cargo o congelamiento de fondos en sus Cuentas Concentradoras, ya sea (i) por parte de un Aliado, o (ii) con motivo de una solicitud de un Participante SPEI, TAPI podrá llevar a cabo cualquiera de las siguientes acciones:
- Ejercer una retención inmediata a los fondos por liquidar antes de contactar al Cliente si determina que cuenta con la información suficiente para realizar la retención.
- Ejercer una retención a los fondos por liquidar después de haber contactado al Cliente a través del medio de contacto designado en la Plataforma.
4.2. Contracargos de tarjetas mediante Apps Financieras.
El Cliente reconoce y acepta que las Apps Financieras y/o TAPI podrían ser responsables por cubrir los Contracargos que los Pagadores presenten respecto de los pagos de Cuentas por Cobrar efectuados mediante tarjeta de débito en la App Financiera, por lo que en esos Casos, el Cliente deberá proveer a TAPI toda la documentación, información y colaboración que sea requerida necesaria para disputar el Contracargo del Pagador en un plazo que no excederá de 24 (veinticuatro) horas hábiles en los casos en que sea solicitado por el Aliado titular de la App Financiera. En caso de que el Cliente no proporcione la información y documentación solicitada, TAPI responderá por aquellos Pagos contracargados por los Clientes. En los casos en que los Contracargos sean resueltos desfavorablemente para el Aliado titular de la App Financiera, el Cliente será responsable por el monto del importe contracargado, pudiendo TAPI aplicar los fondos retenidos en términos del numeral 4.1. anterior, o bien, los montos que se tuvieren en Reservas, al pago del Contracargo en favor del Aliado respectivo.
4.3. Devolución de fondos.
Salvo tratándose de lo señalado en el numeral 4.2. anterior, en los casos en los que TAPI deba devolver y/o le sean debitados los fondos que recibiera de los Pagadores en términos del numeral 4.1. anterior, TAPI no tendrá ninguna responsabilidad frente al Cliente, ni tampoco frente al Pagador, siendo obligación del Cliente resolver la situación directamente con el Pagador.
4.4. Disputas.
Salvo por lo señalado en el numeral 4.2. anterior, el Cliente reconoce y acepta que no tendrá derecho a solicitar el inicio de disputas y/o presentar reclamaciones, ya sea a TAPI o a los Aliados, en los casos en que se actualicen los supuestos señalados en el numeral 4.1. Excepcionalmente, y únicamente en los casos en que TAPI (i) así lo convenga con los Aliados, y (ii) lo informe específicamente al Cliente, se le brindará el derecho de presentar una disputa, situación en la que se hará del conocimiento del Cliente la información y/o documentación que deberá proporcionar, así como el plazo en que deberá proporcionarla. El brindar este derecho, no obligará a TAPI a liberar una retención o Contracargo, ni tampoco a liquidar al Cliente los fondos correspondientes al pago de la Cuenta por Cobrar que fue objeto de la Aclaración o Desconocimiento.
5. Casos de Error.
5.1. Responsabilidad.
El Cliente reconoce y acepta la posibilidad de que podrán producirse diversos Casos de Error por distintos motivos ajenos al control de TAPI, mismos que podrán afectar los plazos de Liquidación, el tiempo de procesamiento de Pagos realizados mediante Otros Medios de Cobro, la actualización del estatus y el debido registro o atribución de los Pagos cuya Aceptación sea realizada por TAPI. Frente a los Casos de Error, TAPI realizará esfuerzos razonables y entablará comunicaciones con los Aliados encaminadas a resolver cualquier anomalía que pudiera presentarse y reducir posibles afectaciones al Cliente. Si a pesar de las medidas implementadas no fuere posible evitar la afectación al Cliente, no se pudiere identificar el origen del Caso de Error y/o no se pudiere resolver la anomalía detectada, TAPI no asumirá responsabilidad frente al Cliente.
5.2. Cancelaciones y devoluciones.
El Cliente reconoce y acepta que los Aliados titulares de Apps Financieras podrán solicitar la devolución y/o cancelación de los Pagos realizados por los Pagadores, inclusive las que hubieren sido acreditadas por TAPI, quedando liberados de liquidar a TAPI los montos correspondientes. TAPI no asumirá responsabilidad alguna por dichas cancelaciones o devoluciones, y será responsabilidad del Cliente resolver la situación con el Pagador.
6. Cambios a la Red TAPI.
TAPI podrá realizar modificaciones de todo tipo a la Red TAPI, incluyendo la adición y retiro de Aliados, así como los Otros Medios de Cobro soportados por cada uno de ellos, entre otros, sin necesidad de previo aviso al Cliente.
7. Giros prohibidos y/o restringidos.
El Cliente reconoce y acepta que, para efectos de la recepción de pagos mediante Otros Medios de Cobro, se estará a lo dispuesto en la cláusula 5.1. de los TyC de Plataforma en relación con los giros restringidos y prohibidos, así como lo señalado en el Anexo de Giros Restringidos y Prohibidos. Adicionalmente, el Cliente reconoce y acepta que los Aliados titulares de Apps Financieras podrían contemplar y/o establecer giros prohibidos y restringidos adicionales o diferentes a los contemplados en el Anexo de Giros Restringidos y Prohibidos, de modo que será obligación del Cliente vigilar y asegurarse de evitar realizar la carga de Cuentas por Cobrar cuyo origen corresponda a algún giro restringido y/o prohibido conforme a las listas que en su caso publiquen y/o comuniquen cada uno de los titulares de las Apps Financieras. En caso de que el Cliente no cumpliera con esta obligación, y TAPI recibiera alguna multa, penalización y/o sanción con dicho motivo, el Cliente deberá cubrir a TAPI la totalidad de los daños y perjuicios que le hubieren sido ocasionados, pudiendo TAPI descontar los montos equivalentes a dichos daños y perjuicios de los montos por liquidar, así como de las Reservas del Cliente, y aplicarlos al pago de dichos adeudos. Si ello no alcanzara para cubrir el monto total de los daños y perjuicios, el Cliente deberá pagar a TAPI los montos restantes, reservándose TAPI el derecho a ejercer cualquier acción legal y/o medida que considere necesaria.
8. Limitación de responsabilidad.
El Cliente reconoce y acepta que TAPI no será responsable por ningún daño o perjuicio derivado de aquellos errores, fallos, imposibilidad de realizar o iniciar un Pago por parte de los Pagadores, Pagos no acreditados, rechazos, pérdidas, entre otros, que deriven de (i) errores y/u omisiones del Pagador al seguir las instrucciones de pago en el Portal de Pagos, (ii) intermitencias y/o indisponibilidad de los servicios de los Aliados, de los Participantes SPEI, de sus proveedores y el propio SPEI, (iii) cierres temporales y/o permanentes de los Puntos Físicos, así como la falta de Operadores o de Operadores capacitados, y el mal funcionamiento o inoperancia de los Puntos de Venta, y (iv) errores en la programación informática o incidencias cualesquiera que fuera su naturaleza, ya sea en las Apps Financieras o en los canales de instrucción de los Participantes SPEI.
ANEXO DE COBRO CON TARJETAS
El presente Anexo, que forma parte integrante de los TyC de Plataforma (en adelante el "Anexo de Cobro con Tarjetas" y/o el "Anexo", de forma indistinta), gobierna los Servicios y el uso y funcionamiento de la Plataforma en lo que refiere específicamente a la Aceptación de Pagos con Tarjetas, por lo que al consentir el contenido de éste, el Cliente declara que (i) ha aceptado y está de acuerdo con los TyC de Plataforma, (ii) realizar las mismas declaraciones que aquellas realizadas al momento de aceptación de los TyC de Plataforma, (iii) ha leído, comprendido y aceptado íntegramente el Anexo de Cobros con Tarjeta, (iv) no realizar ninguna de las actividades ni dedicarse a los giros comprendidos en el Anexo de Giros Restringidos y Prohibidos, salvo contando con autorización expresa de TAPI, y (v) es su deseo obligarse en sus términos y a regirse de conformidad con lo aquí establecido.
Por su parte, TAPI realiza las mismas declaraciones que aquellas contenidas en los TyC de Plataforma, y además declara que, para la prestación de los Servicios relacionados con la Aceptación de pagos a través de Medios de Cobro que sean Tarjetas, (i) opera como Agregador en términos de las Disposiciones de carácter general aplicables a las redes de medios de disposición, publicadas el 11 de marzo de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, y (ii) ha celebrado convenios con Adquirentes y otros Participantes en Redes que le permiten desempeñarse como Agregador.
Asimismo, las Partes reconocen aceptan (i) el presente Anexo forma parte integrante de los TyC de Plataforma, por lo que junto con aquél, formará parte del acuerdo total y válido suscrito por las Partes, (ii) todo lo no previsto en el presente respecto de los Servicios y/o la Plataforma, se regirá en términos de los TyC de Plataforma, y (iii) obligarse de conformidad con las siguientes cláusulas:
1. Definiciones.
Los términos que se utilicen en el presente Anexo que se escriban con mayúscula, tendrán el significado que se les atribuye en las definiciones listadas a continuación, en el entendido de que dichas definiciones aplicarán para el género masculino o femenino, e independientemente de que los mismos se usen en singular o plural. En el caso de términos que se escriban con mayúscula, pero que no se encuentren en el siguiente listado, se entenderá que tienen el significado que se les atribuye en la cláusula 2. de los TyC de Plataforma.
Término | Significado |
---|---|
"Aceptación" | Se refiere al servicio por virtud del cual TAPI lleva a cabo (i) la recepción de solicitudes de autorización de Pago con Tarjetas por parte de los Pagadores, (ii) el trámite y dirección, directos o indirectos, de dichas solicitudes a los respectivos Emisores a través de los Adquirentes o de la Cámara de Compensación, (iii) el Pago, rechazos de Pago, devoluciones y ajustes tramitadas por los Participantes en Redes respectivos, y (iv) la Liquidación del importe de los Pagos con Tarjetas que fueran autorizados por el Emisor respectivo, y que hubiera sido liquidado a TAPI por el Adquirente. |
"Adquirente" | Se refiere al participante en Redes que de conformidad con el contrato que haya celebrado con una Cámara de Compensación para pagos con Tarjetas, provea los servicios de pagos a TAPI en las redes de pagos con Tarjetas, llevando a cabo: i) la recepción de las solicitudes de autorización de Pago con Tarjetas dirigidas por los Clientes, ii) el trámite y dirección a los respectivos Emisores dichas solicitudes a través de la Cámara de Compensación para pagos con Tarjetas, iii) la recepción de las aprobaciones y ajustes tramitadas de pago, rechazos de pago, devoluciones y Contracargos de los Emisores en dichas Cámaras de Compensación para canalizarlas al Cliente, y iv) la liquidación a TAPI del importe de los pagos con Tarjetas que cuenten con la autorización de pago otorgada por el correspondiente Emisor. |
"Agregador" | Significa el Participante en Redes que, al amparo de un contrato de prestación de servicios celebrado con uno o más Adquirentes, ofrece a los Clientes el Servicio de Aceptación. Para todos los efectos relacionados con este Anexo, se entenderá a TAPI como el Agregador. |
"Cámara de Compensación" | Significa la entidad autorizada por el Banco de México de conformidad con las disposiciones de carácter general que éste emite al efecto para fungir como entidad central o para ser la operadora de un mecanismo de procesamiento centralizado, a través del cual se realizan las acciones que comprenden para intercambiar entre Adquirentes y Emisores solicitudes de autorización, autorizaciones de pagos, negaciones de pago, devoluciones, ajustes u otras obligaciones financieras relacionadas con Pagos con Tarjetas, incluida la compensación. |
"CNBV" | Se refiere a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. |
"Contracargo" | Se refiere a aquella Aclaración por virtud de la cual un Emisor o un Tarjetahabiente cuestiona y/o desconoce una solicitud de autorización de Pago con Tarjeta que fue previamente autorizada, independientemente de si fue o no liquidada, y que dio origen al proceso contenido en la cláusula 4 del presente Anexo. |
"Dispositivos" | Son los medios de acceso a la red de Pagos con Tarjeta, tales como dispositivos electrónicos, teléfonos móviles y programas de cómputo, para instruir el pago de bienes o servicios con cargo a una Tarjeta. Para los efectos del presente Anexo, se considerarán las terminales de punto de venta móvil y electrónicas. |
"Emisor" | Significa la entidad Participante en Redes que expide Tarjetas y que, a través de la Cámara de Compensación de pagos con Tarjeta, recibe las solicitudes de autorización de pago que le dirigen los Adquirentes y genera las respectivas autorizaciones de pago, rechazos de pagos, devoluciones y ajustes, con el objeto de ser enviados al Agregador a través de la Cámara de Compensación y al Adquirente correspondiente. |
"Pago con Tarjetas" | Significa el envío de una solicitud de autorización de Pago con Tarjeta realizada por un Tarjetahabiente al Agregador, a efecto de que éste proceda a realizar y/o tramitar la Aceptación del pago respectivo. |
"Participantes" o "Participantes en Redes" | Se refiere conjuntamente a los Adquirentes, Agregadores, Emisores y Titulares de las Marcas. |
"Redes de Medios de Disposición" | Se refiere a la serie de acuerdos, protocolos, instrumentos, interfaces, procedimientos, reglas, programas, sistemas, infraestructura y demás elementos relacionados con el uso de medios de disposición, y que corresponde regular de manera conjunta a la CNBV y el Banco de México. |
"Tarjetahabiente" | Se refiere a aquellos Pagadores que son titulares de una Tarjeta utilizada para enviar al Agregador una solicitud de autorización de Pago con Tarjeta. |
"Tarjetas" | Se refiere a las Tarjetas de Crédito y a las Tarjetas de Débito. |
"Tarjetas de Crédito" | Se refiere al medio de disposición emitido al amparo de un contrato de apertura de crédito en cuenta corriente, que el Emisor otorga a nombre del propio acreditado para que éste, mediante la utilización de dicho medio, pueda disponer de la línea de crédito otorgada, total o parcialmente, bajo las modalidades de retiro de efectivo, en su caso, o pagos en favor de terceros que realice el Emisor por cuenta del acreditado a través de la red de pagos con Tarjetas que, para dichos efectos, opere la Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas. |
"Tarjetas de Débito" | Se refiere al medio de disposición emitido al amparo de un contrato de depósito de dinero a la vista o depósito para la emisión de fondos de pago electrónico, entre otros, que el Emisor otorga al depositante para que éste, mediante la utilización de dicho medio, pueda disponer de los fondos que mantenga depositados o deposite en los fondos en depósito como pagos en favor de terceros que realice el Emisor por cuenta del depositante a través de la red de Pagos con Tarjetas que, para dichos efectos, opere la Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas. |
"Titular de Marca" | Se refiere al Participante que sea titular de una marca susceptible de utilizarse en Tarjetas y que otorga bajo un contrato, licencias para su uso a Emisores en la emisión de Tarjetas, y a Adquirentes en la prestación de servicios relacionados con Tarjetas, en su caso, como parte de las licencias y/o acuerdos que otorgue para establecer condiciones y especificaciones técnicas, de operación y de garantías a los Emisores y Adquirentes que usen su marca, así como a una empresa que quede facultada para imponer dichas condiciones y especificaciones de uso de la licencia o Acuerdos que suscriba dicho Titular de marca. |
2. Objeto.
Para los efectos de este Anexo, el Cliente contrata los Servicios, específicamente en lo referente a la Aceptación de Pagos con Tarjetas, obligándose a entregar la Contraprestación de conformidad con los TyC de Plataforma y el Anexo de Comisiones, y TAPI por su parte, se obliga a brindar dichos servicios y a otorgar al Cliente acceso a la Plataforma y/o a los medios que conforme a los documentos referidos se obligue a brindar.
3. Servicios de Aceptación.
3.1. Habilitación de Tarjetas como Medios de Cobro.
Como parte de las funcionalidades incluídas en la Plataforma, TAPI proporcionará al Cliente la opción de habilitar y deshabilitar la Aceptación de Pagos con Tarjetas dentro de las opciones de Medios de Cobro.
3.2. Portal de Pagos.
En caso de habilitar el servicio de Aceptación de Tarjetas, se incluirán las Tarjetas como opción en el Portal de Pagos para el Pago de las Cuentas por Cobrar del Cliente. En caso de deshabilitación, se eliminará dicho medio de Pago del Portal de Pagos.
3.3. Recepción de solicitudes de autorización de Pagos con Tarjetas.
A través del Portal de Pagos, TAPI recabará de los Pagadores la información que resulte necesaria a efecto de (i) procesar la recepción de solicitudes de autorización de Pagos con Tarjetas, (ii) realizar el trámite y dirección de dichas solicitudes al Adquirente y/o a los Participantes en Redes respectivos, y (iii) notificar al Tarjetahabiente sobre el estatus y/o realización de su solicitud.
3.4. Envío de las solicitudes de autorización de Pagos con Tarjetas.
En la recepción de solicitudes de autorización de Pagos con Tarjetas, TAPI validará que los datos ingresados por el Tarjetahabiente reúnan los requisitos mínimos necesarios para tramitar y/o direccionar las solicitudes al Adquirente al que TAPI se encuentre afiliado, o bien, a los Participantes en Redes que corresponda, y en su caso, direccionará las solicitudes realizadas de forma satisfactoria. Para estos efectos, el Cliente autoriza a TAPI delegar la función del trámite y direccionamiento de solicitudes de autorización de Pagos con Tarjetas a terceros y/o aliados comerciales que provean el servicio de "checkout" y de conexión con Participantes en Redes, quienes en su caso, recolectarán y tratarán los datos sensibles de las Tarjetas de los Tarjetahabientes. TAPI no recabará, ni tratará datos como el número, vencimiento y códigos de seguridad, entre otros inherentes a las Tarjetas.
3.5. Notificación y seguimiento.
Posterior al envío de las solicitudes de autorización de Pagos con Tarjetas, TAPI dará seguimiento al procesamiento de las mismas a través de las Redes de Medios respectivas, y en su caso, entregará y/o notificará al Cliente de las autorizaciones de Pago, rechazos de Pago, devoluciones, Aclaraciones y ajustes tramitadas por el Emisor u otros Participantes. TAPI podrá realizar dicha entrega y/o notificaciones, ya sea a través de la Plataforma, o bien, a través del medio de contacto que el Cliente hubiera designado.
3.6. Autorizaciones de pago.
En los casos en los que las solicitudes de autorización de Pagos con Tarjeta sean autorizadas por el Emisor respectivo, TAPI (i) mostrará las aprobaciones respectivas en la Plataforma, (ii) considerará los montos aprobados para efectos de determinar el monto a liquidar al Cliente de conformidad con la cláusula 8 de los TyC de Plataforma, y, en su caso, (iii) hará las gestiones necesarias para incluir el pago respectivo en el proceso de Liquidación.
4. Disputas y Contracargos.
4.1. Recepción de Aclaraciones.
En caso de recibir una Aclaración o Contracargo por parte del Adquirente y/u otro Participante acerca de cualquier solicitud de autorización de Pago con Tarjeta tramitada en favor del Cliente, TAPI podrá llevar a cabo cualquiera de las siguientes acciones:
- Ejercer un Contracargo antes de contactar al Cliente si determina que cuenta con la información suficiente para realizar el mismo.
- Realizar un Contracargo después de haber contactado al Cliente a través del medio de contacto designado en la Plataforma.
4.2. Contracargos directos.
El Cliente reconoce que los Adquirentes, Emisores y otros Participantes que estén involucrados en la cadena de Aceptación de los Pagos con Tarjetas, tendrán el derecho de realizar Contracargos directos, los cuales podrán ejercer inmediatamente en contra de TAPI por el monto total de la solicitud de autorización de pago respectivo, aún y cuando no medie Aclaración alguna por parte del Tarjetahabiente. En esos casos, TAPI aplicará el Contracargo de forma simultánea e inmediata al Cliente.
4.3. Otros casos en que se ejercerán Contracargos directos.
TAPI tendrá el derecho de ejercer Contracargos directos o no directos en términos del numeral inmediato anterior, de manera enunciativa más no limitativa, en los siguientes casos:
- Cuando el Pagador presente cargos duplicados.
- Cuando el Cliente no obtenga autorización válida del Pagador cargar su Cuenta por Cobrar, y/o ésta fuera errónea, falsa o inexistente.
- Cuando el Pagador solicite una autorización de Pago con Tarjeta sin autenticar y/o autorizar la transacción de manera fehaciente a juicio de TAPI, el Adquirente y/o el Participante en Redes respectivo.
El Cliente reconoce y acepta que el hecho de que TAPI no ejerza un Contracargo, no implicará una renuncia a su derecho de ejercerlo de conformidad con los TyC de Plataforma y el presente Anexo.
4.4. Plazo de respuesta.
En cualquier caso, el Cliente contará un plazo de 5 (cinco) días calendario, contados a partir de que le fuere notificada la Aclaración y/o el Contracargo, ya sea regular o directo, para responder por escrito a través de los medios acordados con la información y/o documentación requerida para resolver la Aclaración. Si el Cliente no respondiera y/o aportara la documentación e información necesaria para solventar la Aclaración dentro del plazo mencionado, a juicio de TAPI y/o los demás Participantes involucrados, TAPI tendrá el derecho de mantener el Contracargo, y/o realizarlo en caso de que no fuese ejercido previamente.
El Cliente estará obligado a responder todas las notificaciones de Aclaraciones realizadas por TAPI, y en su caso, a colaborar y prestar la asistencia necesaria para investigar cualquier solicitud de autorización de Pago con Tarjeta procesada por TAPI que resulte en una Aclaración.
4.5. Proceso de disputa.
El Cliente reconoce que, dependiendo de las características de cada Aclaración o Contracargo, el Adquirente y/o el Participante respectivo, podrá resolver y/o dictaminar si es procedente o no es procedente el inicio de una disputa por parte del Cliente. En los casos que no sea procedente, el Cliente no podrá iniciar una disputa y reconoce que TAPI no tendrá injerencia o responsabilidad alguna en dicha determinación. En los casos que sea procedente y el Cliente elija iniciar un proceso de disputa en contra de una Aclaración o Contracargo, el Cliente deberá aportar la información y/o documentación comprobatoria que acredite su petición, misma que, de la mano con el comprobante de Pago con Tarjeta resguardado por TAPI, serán enviados por TAPI al Adquirente o Participante que hubiera presentado la Aclaración o Contracargo. A su vez, el Adquirente o Participante respectivos, enviarán la información y documentación comprobatoria al Emisor que haya presentado la Aclaración o Contracargo, mismo que realizará una evaluación final basada en la información proporcionada para determinar si la Aclaración debe ser resuelta a favor del Cliente o del Tarjetahabiente. Si es resuelta a favor del Tarjetahabiente, TAPI tendrá el derecho de ejercer el Contracargo al Cliente por esa Aclaración, o en caso de haber ejercido preventivamente el Contracargo, de mantenerlo. Si la Aclaración o Contracargo se resuelve a favor del Cliente, no se ejercerá el Contracargo y si ya se hubiera aplicado de forma preventiva, se revertirá.
4.6. Retenciones, cobros y/o compensaciones por Contracargos.
Ante la recepción de Aclaraciones y Contracargos, así como cuando los Contracargos fueran directos, TAPI tendrá el derecho de aplicar a los montos por liquidar en términos de la Cláusula 8 de los TyC de Plataforma, una retención o descuento equivalente al valor de la solicitud de autorización de Pago respecto de la cual se realiza la Aclaración o Contracargo. En caso de que las retenciones no fueren suficientes para cubrir el monto de la Aclaración o Contracargo, TAPI retendrá y/o descontará de las Reservas del Cliente el monto necesario para cubrir la Aclaración o Contracargo. Si ninguna de dichas medidas satisface el monto de la Aclaración o Contracargo, el Cliente deberá transferir inmediatamente a la cuenta designada por TAPI, los fondos suficientes para cubrir el Contracargo.
Durante todo el tiempo que el Cliente no extinga su obligación de pago para cubrir la Aclaración o Contracargo, TAPI podrá seguir efectuando retenciones y descuentos a los montos por liquidar, incluso los futuros, así como descontando recursos de las Reservas del Cliente, hasta cubrir la totalidad del valor de la Aclaración o Contracargo. Este procedimiento se llevará a cabo sin excepción, incluso en aquellos casos en los que el Cliente presente una disputa contra la Aclaración o Contracargo. En tales situaciones, se esperará la resolución final del proceso, y, en caso de que la resolución sea favorable al Cliente, se procederá a reembolsar el dinero correspondiente por medio de la Cuenta de Liquidación.
4.7. Costo de gestión de Aclaraciones y Contracargos.
Con la finalidad de cubrir los costos de gestión y procesamiento de Aclaraciones y Contracargos, TAPI cobrará una comisión por cada Aclaración y Contracargo recibido y/o interpuesto en contra del Cliente. El monto vigente de dicha comisión será el establecido en el Anexo de Comisiones.
4.8. Incremento en Aclaraciones y Contracargos.
En los casos en que TAPI detecte situaciones o patrones inusuales en la frecuencia o naturaleza de las Aclaraciones y Contracargos recibidos y envíe una notificación al Cliente por dicho motivo, éste se compromete a investigar la situación de manera inmediata y a responder a TAPI con la explicación de dichos comportamientos y las medidas que implementará para regularizar su situación. En caso de que el Cliente no logre disipar las inquietudes de TAPI o no responda dentro de un plazo de 7 (siete) días calendario, TAPI podrá proceder a la desafiliación del Cliente del Servicio y dar por terminados los TyC de Plataforma y sus Anexos.
4.9. Limitación de responsabilidad.
TAPI no asumirá responsabilidad alguna, ni los costos relacionados con las Aclaraciones o Contracargos. El Cliente será el único responsable de los riesgos y/o pérdidas derivadas de transacciones fraudulentas o no autorizadas, así como de la no entrega de bienes y/o servicios y cualquier otro costo asociado con tales situaciones, tanto durante la vigencia del Contrato como después de su terminación. Asimismo, TAPI no será responsable por las pérdidas atribuibles a la presentación de disputas y/o documentación de forma extemporánea. Por otro lado, el Cliente reconoce y acepta que el sentido de la decisión final sobre la procedencia y la impugnación de una Aclaración o Contracargo corresponde a Participantes en las Redes de Medios de Disposición distintos a TAPI, y que TAPI no puede inferir en modo alguno en el sentido de la resolución y/o en la valoración de la documentación aportada, por lo que no asumirá responsabilidad alguna ante dichas decisiones.
5. Giros prohibidos y/o restringidos.
El Cliente reconoce y acepta que, para efectos de la recepción de Pagos con Tarjetas, se estará a lo dispuesto en la cláusula 5.1. de los TyC de Plataforma en relación con los giros restringidos y prohibidos, así como lo señalado en el Anexo de Giros Restringidos y Prohibidos.
ANEXO DE COMISIONES
1. Comisiones y/o Cargos.
a) Tarjetas
Medio de Cobro | Comisión | ||
---|---|---|---|
Titular de Marca | % sobre monto transaccionado | Fija por transacción | |
Tarjetas de Crédito | Visa | 2.9% | MXN$2.50 |
MasterCard | 2.9% | ||
American Express | 3.6% | ||
Internacionales | 3.6% | ||
Tarjetas de Débito | Visa | 2.9% | MXN$2.50 |
MasterCard | 2.9% | ||
Internacionales | 3.6% |
b) Otros Medios de Cobro
Fija por transacción | |||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|
Efectivo | - | - | MXN $8 | ||||
Apps Financieras | - | - | MXN $8 | ||||
Transferencias SPEI | - | - | MXN $8 |
c) Cargos adicionales
Concepto | Medios de Cobro | Fija por Contracargo | |
---|---|---|---|
Processamiento de Contracargos | Todos (de aplicar) | - | MXN$100.00 |
2. Ganancia Mínima Mensual.
La Ganancia Mínima Mensual será de MXN8,000 (pesos mexicanos ocho mil).
3. Tarifas de Servicios de Notificación.
Medios de Comunicación | Tarifa |
---|---|
WhatsApp** | MXN$0.60 por cada mensaje |
Mensaje de Texto | MXN$0.30 por cada mensaje |
Correo Electrónico | MXN$0.30 por cada correo electrónico |
* A todas las Comisiones, Ganancia Mínima Mensual, Tarifa de Servicios de Notificación, cargos y otros cargos adicionales, les será aplicado un 16% adicional por concepto de impuesto al valor agregado ("IVA").
** El uso del medio de comunicación WhatsApp implica un costo fijo mensual de MXN1,900 (pesos mexicanos mil novecientos) más IVA, que el Cliente deberá abonar a TAPI.
ANEXO DE LIQUIDACIÓN
Medio de Cobro | Condiciones de Liquidación | ||
---|---|---|---|
a) Tarjetas | |||
Titular de Marca | Medio de Liquidación | Plazo | |
Tarjetas de Crédito | Visa | Transferencia SPEI a la Cuenta de Liquidación | Hasta 72 horas hábiles contadas a partir de la recepción de la autorización del Pago con Tarjeta |
MasterCard | |||
American Express | |||
Internacionales | |||
Tarjetas de Débito | Visa | ||
MasterCard | |||
American Express | |||
Internacionales | |||
b) Otros Medios de Cobro | |||
Medio de Liquidación | Plazo | ||
Efectivo | - | Transferencia SPEI a la Cuenta de Liquidación | Hasta 72 horas hábiles contadas a partir de la recepción de la confirmación del Pago. |
Apps Financieras | - | Hasta 24 horas hábiles contadas a partir de la recepción de la confirmación del Pago. | |
Transferencias SPEI | - | Hasta 24 horas hábiles contadas a partir de la recepción de la Transferencia SPEI. |
ANEXO DE GIROS RESTRINGIDOS Y PROHIBIDOS
Categoría | Giro específico | Aceptación | |
---|---|---|---|
Prohibida | Restringida | ||
Alquiler, concesionarios de autos y camiones | Concesionarios de automóviles y camiones (nuevos y usados). | ● | |
Ventas, servicio, reparaciones y repuestos. | ● | ||
Establecimientos de arrendamiento de vehículos. | ● | ||
Transporte | Transporte local y suburbano de pasajeros, incluidos los transbordadores. | ● | |
Taxis y limusinas. | ● | ||
Líneas de bus. | ● | ||
Autotransportistas de carga y camiones, empresas de mudanzas y almacenamiento. | ● | ||
Ferrocarriles. | ● | ||
Muebles y electrodomésticos | Tiendas de muebles, muebles para el hogar y equipos, excepto electrodomésticos. | ● | |
Educación | Escuelas privadas, escuelas de negocios o escuelas de oficios con poca trayectoria y poco reconocimiento. | ● | |
Comerciantes que afirman ofrecer lecciones que resultan en cambios (personales) significativos, como volverse ricos, aprender a invertir con éxito o convertirse en un "promotor en línea muy exitoso". | ● | ||
Agencias de modelos. | ● | ||
Adulto | Venta de partes del cuerpo humano. | ● | |
Material de abuso sexual infantil (CSAM), imágenes pornográficas que muestren desnudez explícita y material obsceno explícito con niños, incluidas muñecas sexuales infantiles o cualquier otra cosa que pueda implicar o interpretarse como un niño en un contexto sexual. Incesto. Bestialidad. | ● | ||
Servicios de prostitución y acompañantes, incluida la publicidad de dichos servicios. | ● | ||
Videojuegos de sexo, tiendas de alquiler de cintas de video / DVD | ● | ||
Pornografía y entretenimiento para adultos. | ● | ||
Juguetes sexuales incluidos, productos de encanto. | ● | ||
Tiendas de venta de artículos eróticos, armas de fuego, fuegos artificiales. | ● | ||
Servicios de citas. | ● | ||
Servicios de publicidad, plataformas de citas casuales, servicios de agencia de citas. | ● | ||
Agencias de empleo temporal | Agencias de empleo y servicios de trabajo temporal, independientemente de si se proporcionen en línea, a través de chat, con cámara web, incluyendo aquellos usados para relaciones románticas o sexuales. | ● | |
Organizaciones políticas | Organizaciones políticas. | ● | |
Instituciones no financieras | Compra y venta de opciones binarias. | ● | |
Bancos y compañías de fantasía. | ● | ||
Esquemas piramidales. | ● | ||
Tarjetas de regalo y cupones que presentan anonimato. | ● | ||
Wallets y billeteras digitales. | ● | ||
Moneda extranjera, monedas no fiduciarias, criptomonedas y comercio de tipo cambiario (Forex). | ● | ||
Cheques de viajero. | ● | ||
Servicios médicos | Optometristas, oftalmólogos y ópticos. | ● | |
Laboratorios médicos, de embarazo y dentales. | ● | ||
Servicios y productos de salud | Servicios de botox, rellenos, tatuajes, tratamientos con láser, maquillaje permanente, incluidas pruebas médicas y dispositivos como pruebas de ADN o terapias biológicas no específicas utilizadas para promover el bienestar general. | ● | |
Perforaciones corporales y salones de tatuajes. | ● | ||
Spas de salud y belleza, peluquerías, y salones de masaje. | ● | ||
Tiendas de cosmética y perfumerías. | ● | ||
Farmacias y droguerías | Droguerías y farmacias (No Local). | ● | |
Productos con Cannabidiol (CBD). | ● | ||
Drogas ilegales, químicos y psicoactivos | Productos químicos y productos conexos (no clasificados en otra parte). | ● | |
Laboratorios de pruebas (pruebas no médicas). | ● | ||
Marketing directo y ventas de catálogo | Marketing directo, incluyendo comerciantes de catálogos, empresas multinivel o mercadeo en red (por ejemplo venta de suplementos y multivitamínicos). | ● | |
Comerciantes multinivel | Tiendas de artesanía y suministros para artistas. | ● | |
Arte y galerías. | ● | ||
Fotografía comercial. | ● | ||
Venta minorista de alto valor | Piedras preciosas y metales, relojería y joyería. | ● | |
Mercadeo en línea | Marketplaces de comercio en línea. | ● | |
Artículos de segunda mano y tiendas de productos usados | Mercancía usada y tiendas de segunda mano. | ● | |
Tiendas de antigüedades. | ● | ||
Casas de Empeño. | ● | ||
Reproducciones antiguas. | ● | ||
Organizaciones benéficas / Donaciones | Organizaciones benéficas de servicios sociales, organizaciones religiosas y organizaciones de membresias. | ● | |
Agencia de alquiler de automóviles. | ● | ||
Construcción / Bienes raíces | Agentes y administradores inmobiliarios, Construcción de edificios y obras civiles y Materiales de construcción. Servicios de alquiler de apartamentos Servicios de alojamiento. | ● | |
Servicios | Tiendas de software informático (Juegos de Video). | ● | |
Servicios electrónicos, informáticos, tecnológicos | Servicios de programación informática, procesamiento de datos y diseño de sistemas integrados y Redes informáticas/servicios de información (incluido el acceso a Internet, el correo electrónico/alojamiento de sitios web y los cibercafés/cafés). | ● | |
Entretenimiento | Agencias de venta de entradas y productores teatrales, bandas, orquestas y animadores diversos, eventos. | ● | |
Videojuegos | Suministros de videojuegos y de entretenimiento, salones y establecimientos de videojuegos, parques de atracciones, circos, carnavales y adivinos, lectores de horóscopos y psíquicos. Deporte de fantasía (fantasy sport). | ● | |
Entretenimiento, hoteles y viajes | Alojamiento, hoteles, moteles, complejos turísticos, servicios centrales de reserva. | ● | |
Atracciones turísticas y exhibiciones. | ● | ||
Tiempos compartidos. | ● | ||
Agencias de viajes y operadores turísticos. | ● | ||
Líneas aéreas y compañías aéreas. | ● | ||
Armas deportivas | Deportes comerciales, clubes deportivos profesionales, campos deportivos y promotores deportivos. Tiendas de artículos deportivos (venta de armas). Promotores de eventos de deportes. | ● | |
Juegos de Azar | Apuestas, incluidos billetes de lotería, fichas de juegos de casino, apuestas fuera de pista, apuestas en hipódromos y juegos de azar para ganar premios de valor monetario, carreras de caballos y perros y loterías propiedad del gobierno. | ● | |
Pagos de impuestos, incluyendo recaudación de impuestos y sanciones (por ejemplo, oficinas de asesores fiscales, oficinas de aduanas y fideicomisos). | ● | ||
Servicios legales, multas, impuestos | Servicios gubernamentales (por ejemplo, embajada o servicios de solicitud de Visa). | ● | |
Servicios contables de cobranza o calificación, casas de subastas, gestión de reclamos de servicios financieros e inversiones inmobiliarias - Land trusts (holding). | ● | ||
Instituciones financieras | Pagos de deudas. | ● | |
Préstamos de corto plazo / de alto costo y los préstamos de día de pago (payday loans). | ● | ||
Compra/carga de tarjeta de valor acumulado. | ● | ||
Tarjetas de regalo y vales. | ● | ||
Crowdfunding o financiamiento colectivo. | ● | ||
Desembolsos de efectivo manuales. | ● | ||
Corredores y/o distribuidores de valores y mercancías. | ● | ||
Servicios de pago de deudas. | ● | ||
Seguros | Seguros, incluyendo ventas, suscripción y primas de seguros. | ● | |
Pagos financieros | Transacciones de pago - instituciones financieras y comercios. | ● | |
Proveedores de servicios de pago | Facilitadores de pagos o payment facilitators. | ● | |
Envío de dinero - Remesas | Remesas de terceros o remesas alternativas. MoneySend – dentro, desde y hacia el país. | ● | |
Cobranza de deudas | Agencias de cobro de deudas. | ● | |
Criptoactivos / Forex / Cuasi efectivo | Plataformas de intercambio con billetera y/o wallet de custodia integrada. | ● | |
Quasi cash - comerciantes (p. ej. casa de cambio, criptomonedas). | ● | ||
Empresas que poseen o emiten monedas virtuales y/o criptográficas y las venden directamente a mercados o consumidores. | ● | ||
Tiendas de medicamentos y farmacias | Nutracéuticos con sustancias tóxicas o asimiladas a suplementos de potenciación sexual administrados por vía oral (Drogas ilegales, sustancias químicas y psicoactivas). Producción o comercio de materiales radiactivos. | ● | |
Tienda de marihuana | Comercio de vida silvestre. | ● | |
Tiendas de licores | Lugares para beber (bebidas alcohólicas): bares, tabernas, clubes nocturnos, salones de cócteles y discotecas, tiendas y puestos de cigarros. | ● |
Adicionalmente, el Cliente reconoce que los diversos Participantes y Aliados cuentan con sus propias listas de giros prohibidos y restringidos, mismas que pueden diferir de lo aquí señalado, en cuyo caso, TAPI deberá regirse bajo lo dispuesto por el Participante y/o Aliado respectivo.